Martes 17 de junio 2025

Confirman pena contra abusador

Redacción 17/06/2025 - 00.13.hs

La Sala B del Superior Tribunal de Justicia confirmó la pena de 7 años de prisión para un hombre que había dictado la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción por abusar de su pareja en contexto de violencia de género durante dos años. La sentencia había sido confirmada por el Tribunal de Impugnación Penal, y ahora el máximo estrado provincial denegó un recurso presentado por su defensa.

 

Tras la sentencia por la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción, que condenó a Alejandro Yanten como autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal a la pena de 7 años de prisión, su abogado Raúl Quiroga, recurrió al Tribunal de Impugnación Penal, pero éste confirmó la resolución en primera instancia.

 

Ante esto, el defensor particular interpuso ante el Superior Tribunal de Justicia un recurso contra el fallo del TIP, en el que el cuerpo judicial de alzada declaró “la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto”, lo cual es otra confirmación de la sentencia primigenia.

 

Abusos.

 

En los tres estamentos judiciales recorridos por la causa, dan “por acreditado que A.Y. abusó sexualmente, entre el 21 de marzo de 2022 y el 21 de marzo de 2024 con acceso carnal, en reiteradas oportunidades, de su pareja, mediante amenazas y el uso de la fuerza”.

 

También que “dichos abusos se produjeron en el interior del domicilio de la localidad de Santa Isabel en circunstancias que los hijos de la mujer no se encontraban en el lugar en el horario de mañana y/o cuando éstos visitaban a su padre”.

 

Los argumentos usados por el abogado defensor del condenado en el recurso de casación, fueron mediante la crítica de la valoración de las evidencias en que basaron sus sentencias. Consideró una “arbitrariedad” -de los jueces del TIP- que solamente se basaron en la declaración de la mujer considerada víctima que “no dan cuenta de manera certera de si habría o no, existido consentimiento de la víctima”.

 

Sostuvo que “la propia víctima -quien sostuvo que era obligada por el imputado a mantener relaciones sexuales- incluso describió que accedía indicando ‘bueno si vos querés’ y narró que disimulaba para que el imputado no supiera de su ‘desacuerdo’”.

 

Sin embargo, el STJ dio por probada la acusación de los estrados precedentes. “La aludida secuencia aparece probada por la información derivada de las declaraciones (entre ellas las de la denunciante, personal policial, peritos y otros)”.

 

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