Dos condenados por violencia de género: uno no podrá ingresar a 25 de Mayo
El Superior Tribunal de Justicia pampeano condenó a dos hombres por ejercer violencia de género contra sus exparejas. Ambos imputados estuvieron detenidos hasta ahora y sus situaciones se resolvieron a través de juicios abreviados. A uno de ellos se le prohibió el ingreso a la localidad de 25 de Mayo.
Uno de los legajos se tramitó en 25 de Mayo. En él se comprobó que un hombre de 36 años golpeó a su entonces pareja. El caso se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, ya que las partes llegaron a un acuerdo sobre los hechos, la pena y la calificación legal, y el imputado aceptó su culpabilidad.
"Cumplidos esos requisitos, la jueza de control, Daniela Martínez, admitió el acuerdo firmado por la fiscal Eugenia Bolzan, la defensora oficial Mónica Ontiveros y el agresor, y dictó la sentencia condenatoria a tres años de prisión en suspenso por el delito de lesiones graves agravadas por el vínculo. La víctima, al ser informada sobre sus alcances, brindó su consentimiento y los hechos fueron enmarcados en la ley 26.485 de Protección Integral contras las Mujeres", agregaron desde el STJ.
Además, el imputado deberá cumplir con una serie de pautas de conducta durante dos años. Por otra parte, se le prohibió el ingreso a 25 de Mayo, deberá fijar residencia, someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras y no acercarse a menos de 100 metros de la víctima ni contactarse con ella a través de ningún medio ni persona. "En caso de no hacerlo la pena podría pasar a ser efectiva", agregaron.
El hombre estuvo detenido durante 60 días y cumplido ese tiempo se le prorrogó la prisión preventiva hasta la finalización del proceso, aunque fue morigerada por una medida de coerción menos gravosa como una restricción de acercamiento.
Santa Rosa.
El otro caso fue dirimido en Santa Rosa. El juez de control, Néstor Ralli condenó a siete meses de prisión de ejecución condicional a un joven de 20 años por amenazas simples y desobediencia judicial.
¿Qué pasó? El acusado concurrió cuatro veces a la casa de su expareja en un mismo día, en dos ocasiones acompañado por un hermano, y agredió físicamente a la víctima. Después de eso, la mujer se dirigió hasta el domicilio del agresor y allí recibió amenazas de muerte. Días más tarde, y pese a que se le impuso una medida de restricción, el imputado regresó a lo de la damnificada y volvió a golpearla.
Además de la condena a siete meses en suspenso, el condenado tendrá que cumplir durante dos años con determinadas reglas de conducta: fijar residencia; someterse al control de la Unidad de Abordaje, Orientación y Supervisión de personas en conflicto con la ley penal; abstenerse de contactarse personalmente o por cualquier medio con su expareja ni acercarse a menos de 200 metros; y realizar un tratamiento psicológico.
Esta última medida, en caso de cumplirla en el ámbito público, se sugirió que sea dentro del "Dispositivo psico-socio-educativo de atención a varones que han ejercido violencia de género" dependiente de la citada Unidad.
En este legajo, la solución penal también llegó a través de otro abreviado presentado conjuntamente por la fiscal Verónica Ferrero, la defensora oficial Marial Annecchini y el propio acusado.
El agresor estuvo con prisión domiciliaria y con tobillera electrónica desde los primeros días de enero hasta ahora, cuando la prisión preventiva fue sustituida por una prohibición absoluta de acercamiento y contacto con la víctima.
Por último, vale recordar que artículo 344 del Código Procesal Penal de La Pampa impide a jueces y juezas imponer sanciones más graves que las solicitadas por el Ministerio Público Fiscal.
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