El STJ rechazó una demanda contra la comuna de Castex
(Eduardo Castex) - En un fallo que combina rigor legal con un fuerte llamado de atención institucional, el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de La Pampa rechazó la demanda de Claudia Raquel Calderón contra la Municipalidad de Eduardo Castex, aunque advirtió sobre la situación de precariedad laboral sostenida durante años en el ámbito municipal.
La sentencia, dictada el 29 de abril por la Sala C, integrada por María Verónica Campo y José Roberto Sappa, desestimó tanto el pedido de incorporación a planta permanente como la indemnización reclamada por la mujer tras la muerte de su esposo, Marcelo Horacio Bogarín.
El caso expone una historia frecuente en el empleo público: la de trabajadores que, durante años, cumplen funciones permanentes sin reconocimiento formal. Bogarín trabajó durante más de doce años para el municipio bajo la modalidad de jornalizado, sin estabilidad ni aportes previsionales completos, según se ventiló en el expediente. “Nunca se lo incorporó a la planta permanente ni se realizaron los aportes previsionales requeridos, manteniéndose en una situación laboral informal que la parte demandada calificaba como personal jornalizado”, expresa la sentencia judicial.
Tras su fallecimiento en 2024, su esposa reclamó ocupar una vacante en la administración pública, amparándose en el artículo 31 de la ley 643, que otorga ese derecho a familiares de agentes permanentes. Pero el STJ cerró esa puerta: sin designación formal, no hay estabilidad jurídica ni derechos transferibles. “Nadie puede transmitir un derecho mejor que el que tenía”, sintetizó el fallo, en una frase que atraviesa toda la resolución.
El Tribunal también descartó que los años de servicio generen automáticamente derechos laborales plenos. Apoyado en doctrina de la Corte Suprema, sostuvo que la permanencia en el tiempo no modifica la situación de quien nunca fue incorporado formalmente a la planta estatal.
El rechazo incluyó el reclamo indemnizatorio. A diferencia de otros precedentes donde se reconocieron compensaciones por despidos irregulares, aquí la relación laboral terminó por el fallecimiento del trabajador, un hecho que —según el STJ— no puede equipararse a una ruptura arbitraria.
Situación de indefensión.
Sin embargo, el fallo no pasó por alto el trasfondo del caso. En uno de sus tramos más relevantes, el Tribunal advirtió que mantener a un trabajador durante doce años en condiciones precarias “desnaturaliza la carrera administrativa” y lo coloca en una situación de indefensión.
La observación, aunque no modifica el resultado judicial, deja expuesta una práctica extendida en distintos niveles del Estado: el uso prolongado de figuras informales para cubrir funciones permanentes.
En ese equilibrio entre legalidad estricta y realidad laboral, el fallo termina enviando un doble mensaje: limita el alcance de los derechos cuando no hay respaldo formal, pero al mismo tiempo interpela al propio Estado por las condiciones en las que emplea.
“Este Superior Tribunal de Justicia, sala C, no puede dejar de advertir la irregularidad que subyace en la conducta de la Municipalidad al mantener a un agente bajo la modalidad de personal jornalizado durante doce años ininterrumpidos”, planteó el máximo organismo de justicia pampeana.
“Si bien, conforme a las normas estatutarias en vigor, dicha situación de revista no habilita el acceso a los beneficios de la planta permanente ni a las indemnizaciones pretendidas, resulta imperativo exhortar al municipio a adecuar sus prácticas de empleo público a los estándares de regularidad que la normativa provincial a la que el mismo municipio adhirió impone”, agregaron Campo y Sappa.
“La utilización prolongada de figuras contractuales precarias, ajenas a las necesidades temporales o extraordinarias que las justifican, desnaturaliza la carrera administrativa y coloca a los agentes en una situación de indefensión que, aunque inoponible en este proceso por la falta de un acto de designación formal, constituye un apartamiento de los principios de buena fe y lealtad que deben regir toda relación de empleo público”, agregaron los ministros.
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