Glaciares: "La Pampa está muy legitimada procesalmente para ir a la Justicia"
Con una gran convocatoria, se desarrolló en la Universidad Nacional de La Pampa el panel “Implicancias de la modificación de la Ley de Glaciares en La Pampa”. Se analizó el impacto de la normativa desde una mirada jurídica, política, técnica y social. “La provincia de La Pampa está muy legitimada procesalmente para ir a la Justicia e interponer una acción de amparo colectivo en resguardo de sus propios recursos naturales”, afirmó el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
El conversatorio se desarrolló a sala llena en la Facultad de Ciencias Humanas. La Ley de Glaciares fue analizada desde distintas perspectivas por el abogado y docente de la UNLPam, Andrés Gil Domínguez; el senador nacional por La Pampa, Daniel Pablo Bensusán (Unión por la Patria); la secretaria de Ambiente y Cambio Climático, Vanina Basso; el secretario de Recursos Hídricos, José Gobbi; la directora del Instituto de Geografía de la FCH – UNLPam, Beatriz Dillon, y la investigadora del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) Carolina Aumassanne. El senador radical Daniel Kroneberger se comprometió a participar del panel, pero a último momento se excusó para no asistir.
Análisis jurídico.
En diálogo con LA ARENA, el constitucionalista Gil Domínguez explicó que con la modificación de la ley “están en riesgo los glaciares y la zona periglacial, que son fuente de vida, reservorio de cuencas hídricas, regulador climatológico y también cumplen servicios ambientales. Son fundamentales no solamente para las provincias donde están los glaciares, sino para toda la República Argentina; no solamente por la interprovincialidad de los ríos a los cuales alimentan, sino también porque estamos hablando de reservas de agua potable, que es un derecho colectivo indivisible que pertenece a todos los argentinos”.
Recordó que “se peleó mucho” para que existiera una ley de esta naturaleza porque permite proteger estas áreas y advirtió que la modificación es “regresiva” porque las provincias -donde están ubicados los glaciares y periglaciares- pueden “apropiarse” de los mismos “y el gobernador o cualquier autoridad provincial podrán resolver si estos glaciares cumplen o no la función de glaciar. Si no es así pueden permitir la explotación de minería a cielo abierto que requiere mucha agua”.
El abogado aseguró que la normativa va en contra de la Constitución porque “en la reforma de 1994 se incorporó en el artículo 41 la protección del ambiente, desde una mirada ecocéntrica o sistémica, y se estableció que el Estado Federal debe establecer los presupuestos mínimos de protección y las provincias los pueden ampliar. Lo que se hace acá es ir a una suerte de unitarismo de los recursos naturales, porque si bien las provincias son titulares del dominio de sus recursos naturales, la explotación de los mismos se tiene que hacer dentro de la lógica de la tutela del ambiente que pertenece a todos los argentinos. Y los recursos que están en las provincias pertenecen a las provincias. El ambiente pertenece a todos los argentinos. Por eso somos un Estado Federal”.
- ¿Las provincias aguas abajo podrán hacer algún reclamo si se ven afectadas por el uso o contaminación del recurso por la minería?
- La Ley General del Ambiente establece una acción popular. Cualquier persona puede interponer una acción de amparo para hacer cesar el daño que genera una ley, un acto o una omisión contra el ambiente. La provincia de La Pampa está muy legitimada procesalmente para ir a la Justicia e interponer una acción de amparo colectivo en resguardo de sus propios recursos naturales.
Análisis social.
Por su parte, la directora del Instituto de Geografía de la FCH – UNLPam, Beatriz Dillon, aportó su visión social a la modificación. “El objetivo del panel es informar a la comunidad y alertar sobre los peligros que la reforma de esta ley va a significar a La Pampa”, explicó y señaló que la provincia “no participará como autoridad competente, sino como afectada”.
El impacto será en varios sentidos. “Vamos a empezar por el consumo humano de agua vista la situación en otras mineras de contaminación de ríos o de merma de caudales por uso de agua”, afirmó y advirtió que el río Colorado (el cual se vería afectado por el uso de agua del glaciar que alimenta el río Grande, el mayor afluente del Colorado) “es vulnerable” porque “se encuentra en crisis hídrica desde hace 12 años”.
“Nosotros estamos en peligro de abastecimiento, prácticamente más del 50 % de población de La Pampa, porque no solo existe el acueducto del río Colorado, ya que hay más acueductos, por ejemplo el de 25 de Mayo y Puelches”, agregó.
También impactará sobre la cuestión productiva porque “tenemos agricultura comercial y de sustento sobre la ribera del río”, y sobre la seguridad jurídica y la soberanía hídrica porque la provincia no podrá planificar el uso de agua.
- Una vez más, Mendoza decidirá sobre el río Colorado, como tenía pensado hacerlo con el proyecto Portezuelo del Viento...
- Es que Mendoza no iba a abandonar esta batalla. El río Colorado se abastece del río Grande, el cual es el más caudaloso de Mendoza. La Pampa había logrado frenar sus aspiraciones de apropiarse de él como lo hizo con el Atuel, y ahora logró esto. Es un poder en manos de estas provincias que son tan extrativistas como cualquier empresa minera.
- ¿Los ciudadanos están al tanto de las implicancias de la reforma de la Ley de Glaciares?
- La pregunta es “¿Qué sabíamos nosotros sobre glaciares o áreas periglaciares?”. Son temas muy lejanos a nuestra realidad y nuestro deber es salir a informar a la comunidad.
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