Sabado 27 de abril 2024

Las aseguradoras exigirán la revisión técnica obligatoria

Redacción 28/11/2023 - 08.56.hs

La Superintendencia de Seguros da la Nación (SSN) dispuso que las empresas del sector deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria para poder brindar la cobertura, o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo. La medida se conoció la misma semana en que el Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) para los vehículos que circulan en la ciudad.

 

El organismo publicó el pasado viernes una resolución donde sustituye un punto del Reglamento de la Actividad Aseguradora. A su vez, en el artículo 2º establece que "la cobertura básica de la póliza del Seguro de Vehículos Automotores y/o Remolcados será la 'Responsabilidad Civil Obligatorio hacia Terceros Transportados y no Transportados' exigida por la Ley de Tránsito y Seguridad Vial N° 24.449 con la correspondiente vigencia anual".

 

La normativa también establece que "previo a la celebración del contrato de seguro, las entidades aseguradoras deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo".

 

La misma comenzará a aplicarse en el plazo de 60 días desde su publicación en el Boletín oficial. En ese plazo, las aseguradoras deberán “adecuar a su renovación los contratos vigentes”.

 

Silvina Carrozzi, presidenta de la Asociación de Productores Asesores de Seguros de La Pampa y Oeste de la Provincia de Buenos Aires, estimó que a partir de su publicación, que es muy reciente, las compañías empezarán a informarlo a sus asegurados. Por lo pronto, explicó ante la consulta de LA ARENA que hasta el momento el requisito era tener la Licencia de Conducir vigente, y que la categoría de vehículo habilitada a conducir coincida con la misma.

 

Coincidentemente, el Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó por mayoría la obligatoriedad de poseer la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) para los vehículos de cuatro categorías, que deberán contar con la misma para poder circular por la vía pública.

 

La medida implicará un cambio importante dada la gran cantidad de vehículos que circulan por la ciudad diariamente. Hasta el momento, la RTO no es obligatoria para circular en la provincia pero sí en otros distritos, por eso la alta demanda de ese requisito en épocas de vacaciones.

 

Cobertura.

 

Por otro lado, la resolución de la SSN señala que "las coberturas voluntarias (Apartado B - Responsabilidad Civil Voluntario, Daños, Incendio y Robo o Hurto) se otorgarán mediante endoso a la póliza básica del 'Seguro Responsabilidad Civil Obligatorio hacia Terceros Transportados y no Transportados', pudiendo ser su vigencia inferior al año con renovación automática hasta la finalización de la vigencia de la póliza". A su vez, indica que "cuando se otorguen coberturas accesorias voluntarias de Daños y/o Incendio y/o Robo o Hurto, la entidad aseguradora indefectiblemente deberá otorgar también la cobertura de 'Responsabilidad Civil - Seguro Voluntario'".

 

En el artículo 10, la SSN establece que a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 68 de la Ley de Tránsito y Seguridad Vial, las aseguradoras deberán entregar al asegurado un comprobante que contenga una serie de datos, entre ellos el número de poliza, de endozo, datos de la aseguradora, vigencia y datos del vehículo. "La posesión de este comprobante obligatorio será prueba suficiente de la vigencia del seguro obligatorio de automotores", aclara. "El comprobante del seguro obligatorio automotor en formato digital autorizado por Resolución poseerá a todos los efectos la misma validez que el comprobante mencionado", añade.

 

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