Martes 26 de marzo 2024

Obligan a la Caja Forense a reimplantar seis árboles

Redacción 02/06/2023 - 09.04.hs

La Caja Forense de Abogados deberá reimplantar los seis árboles extraídos sin permiso en la esquina de San Martín y Moreno, garantizando que resulten del mismo porte y edad, según una resolución adoptada por el Juzgado de Faltas. Fuentes municipales revelaron que la entidad ya pagó una multa de 33.860 pesos fijada por el organismo luego de la inspección que comprobó la infracción, “pero como el objetivo prioritario de la legislación es preservar el arbolado urbano y los espacios verdes, también tendrán que reponer los ejemplares que extrajeron sin autorización”.

 

Según las fuentes consultadas por LA ARENA, en una inédita resolución adoptada recientemente, el juzgado municipal aclaró también que “la reposición deberá ser acreditada ante la Dirección de Espacios Verdes antes de que el municipio otorgue el alta a la obra civil construida en esa esquina, y bajo apercibimiento de no autorizarla si incumplen” con este mandato.

 

La ausencia de los árboles fue detectada por los vecinos cuando los albañiles finalizaron el edificio que se estaba construyendo en esa esquina y levantaron un vallado que ocultaba la vereda. De aquellos seis añosos ejemplares solo quedaban trozos de troncos y hojas dentro de un contenedor, y una rama que pendía del tendido eléctrico. LA ARENA denunció este nuevo arboricidio en su edición del 20 de mayo y algunos días después el municipio confirmó que los ejemplares habían sido extraídos sin autorización.

 

Conducta prohibida.

 

La Dirección General de Recursos Naturales prohíbe sacar árboles de la vereda. “Antes de cualquier intervención debe dirigirse al área pertinente del municipio y éste, en base a criterios técnicos, decidirá lo más conveniente para la ciudad en su conjunto”, explica uno de los informes que difunde ese organismo provincial.

 

En Santa Rosa, la normativa municipal establece que los pedidos de extracción solo pueden ser realizados por el titular de una propiedad que acredite alguno de los motivos previstos en la Ordenanza 4161/10: roturas de vereda, desagües, paredes, decrépitas y obstrucción de garaje.

 

Esta ordenanza prohíbe expresamente que “toda persona, organismo público y empresa privada o estatal, efectué despuntes, talas, podas, erradicaciones de arbolado público y lesiones de cualquier tipo (incisiones, agujeros, descortezamientos, pinturas, encalado, extracción de flores o frutos, cortes o cualquier otra acción) que afecten en forma directa su normal crecimiento y desarrollo”, y establece la obligación de “solicitar formalmente la autorización a la Subdirección de Espacios Públicos para realizar cualquier actividad que pueda, en forma inmediata o futura, afectar el crecimiento o desarrollo de las especies vegetales”.

 

Trámite para extraer.

 

Finalmente, la norma dispone que “todo trámite de solicitud de extracción, poda de árboles o arbustos, corte de raíces o chupones, deberá ser iniciado ante la Subdirección de Espacios Públicos”, única repartición autorizada para aprobar o denegar esa tarea. El trámite debe ser presentado ante la Subdirección de Espacios Públicos, completando el formulario para “Extracción de plantas” y quedado a la espera de que la comuna realice una inspección y otorgue la autorización correspondiente.

 

Si el municipio autoriza la extracción, el propietario deberá solicitar “una interferencia” a la empresa Camuzzi (plano de la red de gas) y presentarla en la oficina de Espacios Verdes. Tras completar los trabajos de extracción, el vecino o vecina deberá reponer los ejemplares, contemplando que sean especies autorizadas por aquella repartición municipal.

 

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