Miércoles 02 de julio 2025

Pedido por partidos de selección en TV

Redacción 15/05/2024 - 00.53.hs

El abogado constitucionalista pampeano Andrés Gil Domínguez realizó un pedido de acceso a la información pública para conocer qué medidas adoptará el Poder Ejecutivo en relación a los partidos de la selección argentina de fútbol en la Copa América, que desde la asunción de Javier Milei dejarán de transmitirse por la TV Pública.

 

Luego de que el Gobierno nacional decidiera que los partidos del conjunto albiceleste en la competencia continental se televisen en canales de servicio pago y sin una llegada amplia a todo el país (Telefé, TyC Sports y DSports), Gil Domínguez pidió información a la jefatura de Gabinete para conocer cómo se va a garantizar la transmisión de los encuentros.

 

“La ley 25.342 es una garantía primaria del derecho de incidencia colectiva en general indivisible (art. 43 CA) que integra la esfera social (CSJN caso ‘Halabi’) de disfrutar en vivo, directo y de forma gratuita los partidos de la selección argentina de fútbol en determinados eventos mundiales, continentales u olímpicos como un bien colectivo cultural indivisible sostenido por el disfrute y goce conjunto no susceptible de apropiación individual del patrimonio cultural que representa la participación de la selección argentina de fútbol en esta clase de competencias", explicó el abogado santarroseño en el texto.

 

La referencia es a la sanción de la ley que en el año 2000 garantizó “la transmisión en directo a todo el territorio nacional a través de una emisora de televisión abierta por localidad”, según consta en su artículo 2. “Las asociaciones deportivas y/o los titulares de los derechos de transmisión televisiva de encuentros de fútbol donde participe la Selección Nacional Argentina, organizados por la Federación Internacional de Fútbol Asociado, la Confederación Sudamericana de Fútbol o el Comité Olímpico Internacional, deberán comercializar esos derechos de modo tal que se garantice la transmisión en directo de dichos encuentros a todo el territorio nacional”, agrega, además, en su artículo 1.

 

Amparo colectivo.

 

En el pedido que realizó al Gobierno, Gil Domínguez explicó que desde la sanción de la ley en el 2000 “este derecho colectivo fue garantizado de manera ininterrumpida por el Estado nacional, y una muestra objetiva, de su valor como bien cultural y la necesidad de garantizar su disfrute, fue el impacto sociológico, antropológico, filosófico y político que produjo la disputa y obtención de la Copa Mundial 2022”.

 

“Si no hay una pronta respuesta estatal, marchará el correspondiente amparo colectivo”, fue la frase que utilizó Gil Domínguez para cuestionar la decisión del Gobierno respecto a los partidos televisados del equipo de Lionel Scaloni, recordando el marco legal de la ley 25.342 que tomó como sustento su presentación judicial.

 

En la causa conocida como “Gil Domínguez contra Multicanal”, el letrado cuestionó la validez constitucional de que los partidos funcionaran bajo un sistema de televisación “oneroso, codificado y cerrado”.

 

Respecto a los canales encargados de transmitir los partidos, indicó que Telefe “solo puede transmitir en nueve provincias, mientras que TyC Sports y DSports solo están disponibles mediante el pago de un abono”.

 

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