Protocolizan la acreditación y exportación de trofeos de caza
La actividad cinegética en La Pampa se convierte cada año en un gran atractivo para cazadores extranjeros que visitan la provincia, la mayoría provenientes de Estados Unidos, aunque también se registran cultores de la actividad procedentes de España, Francia, Alemania, Brasil y Uruguay.
Hace unos días funcionarios de la Dirección General de Recursos Naturales del Ministerio de la Producción mantuvieron un encuentro en la Ciudad de Buenos Aires con el director nacional de Recursos Naturales, Octavio Pérez Pardo, personal de la Brigada de Control Ambiental, técnicos y funcionarios del área.
En la reunión quedó establecido un protocolo de tramitación y autorización de exportación de trofeos de caza, disponiéndose que la Brigada de Control Ambiental y la Subdirección de Fauna de La Pampa, tendrá a su cargo la acreditación física de los trofeos en los diferentes acopios habilitados en la Provincia.
En la oportunidad, Carlos Bonnemezón y Federico Pelizzari, director del área y subdirector de Fauna del Gobierno pampeano, respectivamente, expusieron sobre la actualidad de la actividad cinegética en la Provincia, su reglamentación y metodología de trabajo.
La actividad cinegética se desarrolla desde hace años en la Provincia, regulada por la Ley 1194 de “Conservación de la Fauna Silvestre” y su Decreto Reglamentario 2218/94. Para ello se establecen anualmente mediante normativa complementaria los períodos, operatoria, cupos y especies cuya caza está permitida en campos y cotos de caza inscriptos a través de la plataforma para la Gestión de la Actividad Cinegética (https://tramitesdrn.lapampa.gob.ar).
Especies permitidas.
La Ley 22421 de Conservación de la Fauna y el Decreto 666/97 sobre Protección y Conservación de la Fauna Silvestre y aprovechamiento racional de la misma, establece que toda importación, exportación y comercio interprovincial de animales vivos de la fauna silvestre, como así también la de sus pieles, cueros y demás productos y subproductos, requiere autorización previa de la autoridad de aplicación nacional, además para realizar cualquiera de estos trámites los usuarios deben estar inscriptos en el Registro Público Único de Operadores de Fauna Silvestre.
Las especies permitidas incluyen jabalí y ciervo colorado, además de ciervos axis, ciervos dama, muflones y búfalos en los cotos habilitados. Mientras que los trofeos de caza requieren un proceso regulado por Fauna de Nación y el Senasa.
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