Suman al "usuario comunitario"
La Secretaría de Energía de la Nación, a través de la Resolución 608/2023, incorporó la figura del "usuario – generador comunitario" al Régimen de Fomento a la Generación Distribuida. Esto permitirá que dos o más sujetos del sistema declaren la administración en conjunto de un equipo de generación renovable conectado a la red de distribución.
Según explicaron desde Nación, esta nueva normativa establece tanto la figura de “Usuarios Generadores Comunitarios” (UG-C) como de “Usuarios Generadores Comunitarios Virtuales” (UG-CV). Estas categorías permiten el acceso al régimen nacional a usuarios que no cuenten con superficie o capital propio para convertirse en UG Individuales.
"En la figura de UG-C los usuarios participantes declaran su porcentaje de participación y reciben una remuneración económica por la energía inyectada del proyecto acorde a dicha participación. En el caso de los UG-CV, se incorpora a la figura anterior la posibilidad de medición en tiempo real tanto de lo inyectado como de lo consumido por los integrantes del proyecto, permitiendo el autoconsumo virtual y maximizando la rentabilidad final para los participantes del mismo", precisaron.
La Resolución 608/2023 busca brindar "un marco general para las distintas jurisdicciones que dentro de su normativa provincial ya reglamentaron estas categorías dentro de la implementación en la Ley Nacional y también busca fomentar esta figura en las jurisdicciones que aún no hayan avanzado en este recorrido", indicaron.
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