Nueva reglamentación para loteo
(General Pico) - La implementación del nuevo Código Urbano planifica el crecimiento de la ciudad y desde el 19 de junio se establecieron condiciones para el loteo de tierras. La comuna determinará que solo se aprueben los proyectos de los inmuebles que tienen o pueden tener los servicios básicos como electricidad, cloacas, gas, etc.
Horacio Viola, director de planeamiento urbano y catastro, indicó que a diario se generan consultas por los loteos. Titulares de las tierras, agentes inmobiliarios y agrimensores deben estar al tanto de los cambios implementados. Una decisión que se basa en el necesario ordenamiento de la ciudad. Viola señaló que se busca cubrir los espacios que están dentro del radio urbano, sin uso, para lograr una avance coordinado.
En este momento hay inmuebles en condiciones de loteo, y posterior edificación. Por ejemplo, en el sector norte hacia Trebolares hay una extensión de tierras que ya fue subdividida. Otro de los espacios previsto es hacia el este por la zona de la laguna y en las cercanías al Parque Apícola también quedan espacios libres.
Por otra parte la municipalidad logró la aprobación para nivelación de suelo y planificación de escurrimiento en el tramo sur de la ciudad, cerca del predio de la ex pasteurizadora de la Cooperativa Regional de Electricidad, Obras y otros Servicios de General Pico (Corpico).
Esta forma de pensar el crecimiento de General Pico será expuesta la semana próxima en Buenos Aires, en un encuentro de la Federación de Municipios. Viola dijo que hace cuatro años que la comuna viene participando de un observatorio de uso del suelo urbano, con experiencias a nivel nacional.
Verificación obligatoria.
El funcionario explicó que en la práctica la modificación implicará que: para lotear un terreno se debe lograr una autorización previa que confirme que ese espacio ya cuenta con servicios o que está la factibilidad para instalarlos a futuro. Requerimiento determinante que no está afectado por la aprobación de obras arquitectónicas posteriores ni presentación de planos. Se trata de un paso intermedio a la documentación a presentar luego en la Dirección Provincial de Catastro.
Conforme a la ordenanza 50 aprobada este año la comuna emitió un comunicado de prensa en el cual la Dirección de Planeamiento Urbano y Catastro, dio a conocer que los proyectos de urbanización deberán especificar detalles del loteo acerca de desagües pluviales, distribución energía eléctrica subterránea, factibilidades de provisión de servicios de agua potable, desagüe cloacal y red de gas natural, cronograma de ejecución de obras de infraestructura y certificado que documente la propiedad dominial del bien.
Esa verificación será obligatoria para lograr la autorización, contra la presentación de informes de dominio y estado de deuda.
Otra novedad corresponde a la nueva normativa, que incluso se está implementando en el resto del país, determina que los proyectos de urbanización para crear o ampliar núcleos urbanos, áreas y zonas deberán ceder al municipio sin cargo alguno, una fracción del terreno intervenido equivalente al 15 por ciento. Esto se aplica a aquellos que tienen superficies mayores a una hectárea.
Esa fracción de tierra será incorporada al patrimonio municipal en los planos de mensura como "fondo de desarrollo urbano". Y su utilización estará destinada a áreas verdes, equipamiento comunitario como casas de servicio o predios destinados a construcción de postas, escuelas, comisarías, etc.
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