Modificación en la ley de tránsito: 6 puntos claves para circular en regla
La provincia de Córdoba cambió la Ley Provincial de Tránsito N.º 8560, a partir de diciembre introdujo una serie de modificaciones que buscan mejorar la seguridad vial, ordenar la circulación y adecuar la normativa a las nuevas dinámicas de movilidad, según indicaron en la página oficial de la provincia. La iniciativa tiene por objetivo dar respuesta al crecimiento del parque automotor y a los cambios tecnológicos que impactan en la forma de transitar tanto las rutas como las ciudades cordobesas.
Dichas reformas implementas nuevos criterios para modernizar el control del tránsito, el uso de todas las herramientas digitales a disposición y la actualización de los sistemas de fiscalización y sanción. La implementación de estas nuevas reglas de circulación buscan fortalecer la prevención de siniestros viales y promover conductas responsables, la reducción de infracciones y la garantía de una circulación más segura para los conductores, los peatones y los ciclistas.
Desde la Agencia Nacional de Noticias indicaron que con todas estas modificaciones, la provincia de Córdoba refuerza su compromiso con las políticas que viene llevando adelante de seguridad vial, con el enfoque puesto en la protección de la vida. Esta actualización es un paso clave para un tránsito más eficiente, transparente y acorde a las necesidades de la provincia. Esperan que estos cambios tengan un impacto de manera directa en la convivencia vial y la seguridad ciudadana.
¿Cuáles son los seis puntos clave de la nueva ley de tránsito?
1. La obligación del uso de luces bajas o diurnas. En todo momento, incluso de día y con buena visibilidad, los vehículos tienen que circular con las luces encendidas en cada tramo señalizado: rutas nacionales, provinciales y túneles. Con respecto a las motos, tienen que llevar las luces bajas o diurnas encendidas todo el tiempo y en todos los lugares. Además, se permite el sistema automático de iluminación, que se encienden al poner el vehículo en marcha.
En este sentido, otro punto clave es que ante adversidades climáticas ya sea lluvia intensa, como niebla, humo o polvo se indica la obligatoriedad del uso de luces bajas como las antiniebla en el caso que corresponda. En el caso de que el conductor del vehículo no cumpla, va a ser apercibido preventivamente.
2. Controles digitales y electrónicos que permite la utilización de tecnología digital y dispositivos electrónicos de manera presencial o remota para los siguientes casos:
Detectar y constatar infracciones de tránsito.
Registrar pruebas fílmicas, fotográficas o digitales.
Validar infracciones cometidas en rutas, peajes y corredores viales.
3. Notificaciones electrónicas. De ahora en adelante, las infracciones van a poder ser comunicadas de dos maneras: en el domicilio declarado en la licencia de conducir o por correo electrónico del conductor.
4. Cambios en el juzgamiento de infracciones. Si el conductor tuviera domicilio a más de 60 kilómetros del juzgado que intervenga en la causa de la infracción, el descargo se va a poder realizar en la jurisdicción de su domicilio, siempre y cuando esté registrado. De cualquier manera, las infracciones van a ser juzgadas en el lugar donde fueron cometidas.
Asimismo, en casos en que las personas residan fuera de la provincia se prevé el uso de la identidad digital mediante la plataforma Ciudadano Digital, que establezca la reglamentación.
5. Nuevo criterio de reiterancia. Este nuevo concepto que se integra en la ley provincial marca que si la persona comete nuevas infracciones antes de quedar firme la sanción anterior, la autoridad competente podrá llevar adelante medidas preventivas o cautelares, considerar tipificar la reiterancia como agravante al momento de la definición de la sanción, evaluando la gravedad, la cercanía temporal entre faltas y el riesgo generado.
6. Actualización del régimen de sanciones: la ley mantiene las categorías de infracciones como leves, graves y muy graves, se amplía y ordena el cuadro de infracciones y sanciones y se suman sanciones como el trabajo comunitario e instrucciones especiales, como la asistencia a cursos de carácter obligatorio de seguridad vial o programas educativos. Además de apercibimientos, como advertencia formal, sin multa, computable en caso de reincidencia.
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