Quieren frenar las legítimas protestas sociales
El fallo de segunda instancia que convalidó el Protocolo Antipiquetes, es un paso más en el triste camino que está recorriendo el Poder Judicial, sin respeto a las libertades democráticas.
IRINA SANTESTEBAN
Hace un mes esta columna escribió sobre el primer juicio oral realizado en CABA, contra cuatro manifestantes que estaban siendo juzgados en aplicación del Protocolo Antipiquetes. Este instrumento fue aprobado por el Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, mediante Resolución 943/23, a pocos días de la asunción de Javier Milei.
Al que protesta, palos.
No fue casual el dictado del mismo, pues el gobierno sabía muy bien que la Motosierra que se iba a aplicar, iba a generar protestas de trabajadores y de la población.
La intención del gobierno nunca fue terminar con los privilegios de “la casta”. Lo que hicieron -y siguen haciendo – es eliminar conquistas obreras y populares, libertades democráticas y derechos humanos básicos para la calidad de vida.
No hubo piedad con las personas jubiladas, a las que cada miércoles se golpea, gasea y detiene, como si fueran delincuentes, por protestar porque cobran haberes misérrimos. No hubo contemplaciones para adultas mayores, ni para infancias (llegaron a gasear a una niña de diez años) y tampoco para sacerdotes, de edad avanzada, como el Padre Paco Olveira, que acompañan esas manifestaciones porque las consideran dignas de ser atendidas.
Tampoco hubo piedad para el colectivo de la discapacidad, con la eliminación de miles de esos beneficios con excusas burocráticas, que luego debieron restablecer ante resoluciones judiciales adversas. Y pese a que el Congreso votó por el restablecimiento de la financiación para las personas con discapacidad, el gobierno continúa desobedeciendo esa ley, luego de haber suprimido la mayoría de las políticas públicas a favor de este sector, tan necesitado de la atención del Estado para tratamientos y terapias.
Condena sin pruebas.
En el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas Nº 28, la jueza María Julia Correa condenó a los acusados, a seis meses de prisión en suspenso y realización de tareas comunitarias, en aplicación del Protocolo Antipiquetes, por haber participado de un festival musical frente al Congreso, en febrero de 2024, en rechazo a la Ley Bases, que fue brutalmente reprimido. Joaquín Arrua, Pedro Esquivel, Carlos Denuble y Astor Galán Vizgarra fueron hallados culpables del delito de “atentado a la autoridad”, bajo la acusación del fiscal Tomás Vacarezza de arrojar piedras y botellas contra los agentes de la Policía Federal que los detuvieron. Sin embargo, como plantearon los abogados defensores de la Coordinadora Antirrepresiva por los Derechos del Pueblo (CADEP), de las filmaciones y los testimonios recogidos, surge todo lo contrario: la violencia fue iniciada por la policía.
Las condenas se basaron únicamente en los testimonios de los policías que reprimieron y detuvieron a los manifestantes, quienes obviamente, para justificar su violento accionar, declararon que fueron atacados “con piedras”. Pero ningún registro fílmico, ni fotográfico, ni otros testigos, convalidaron esos dichos. De esta forma, el Estado con sus fuerzas policiales y con el Poder Judicial como último recurso para convalidarlas, avanza sobre derechos fundamentales, a través de una normativa cuestionada desde diversos ámbitos, incluso judiciales, con el claro objetivo de disciplinamiento.
En segunda instancia.
El pasado 31 de marzo se conoció el fallo de los jueces Sergio Gustavo Fernández y Jorge Eduardo Morán, de la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que convalidó el cuestionado Protocolo, en un alineamiento del Poder Judicial con la línea represiva de Milei.
La Cámara revocó así la sentencia del juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 11, quien en diciembre de 2025 había declarado la nulidad de la Resolución 943/23, por considerar que el Poder Ejecutivo avanzaba sobre atribuciones del Congreso.
Esta decisión judicial vuelve a poner el poder punitivo del Estado por encima del derecho constitucional a la protesta, legitimando mediante una decisión judicial, la política de “seguridad” de un gobierno que reprime, golpea, gasea y detiene arbitrariamente a jubilados, trabajadores y hasta infancias, para imponer su ajuste y sometimiento al FMI.
La sentencia del juez Cormick no solo imponía límites institucionales claros, sino que reafirmaba un principio básico del constitucionalismo: la regulación de derechos fundamentales —como el de peticionar y manifestarse— no puede quedar librada a decisiones administrativas. Sin embargo, la Cámara optó por convalidar un esquema normativo inferior (una Resolución ministerial) que habilita la criminalización de la protesta social.
Disciplinamiento.
Esta sentencia se ha dictado en absoluta ignorancia de la doctrina y jurisprudencia consolidada —tanto nacional como internacional— que protege el derecho a la protesta como un componente esencial del sistema democrático. Y no es casual, porque se da en un contexto de creciente conflictividad social, donde amplios sectores salen a las calles en reclamo de derechos esenciales, severamente restringidos -cuando no eliminados – por las políticas de ajuste de La Libertad Avanza.
Reclamar contra los recortes en el presupuesto universitario; por aumentos salariales o de las jubilaciones, pensiones y/o programas sociales; contra los despidos y en defensa del empleo; en defensa de políticas públicas en discapacidad, derechos de las mujeres y diversidades, etc.; es un derecho cuyo legítimo ejercicio no debería ser reprimido por las fuerzas de seguridad, y menos aún, otorgarles a estas la facultad de discernir esas presuntas conductas delictivas.
El Protocolo Antipiquetes opera como una herramienta de disciplinamiento, que bajo la falsa premisa de “ordenar el uso del espacio público”, en realidad se orienta a disuadir-reprimir la movilización en un contexto de creciente descontento social. Según el Centro de Economía Política Argentina (CEPA), en los primeros tres meses del año, se han desarrollado en todo el territorio nacional, en los 24 distritos provinciales, 92 conflictos laborales, la mayoría protagonizados por personal de Estado (estatales, docentes, judiciales, fuerzas de seguridad, etcétera).
La movilización callejera ha sido tradicionalmente en Argentina una herramienta central de participación política. No será el Poder Judicial ni un Protocolo inconstitucional los que podrán frenar este estado de conflicto. El gobierno debería saberlo. Los índices en picada de la imagen del presidente y su gobierno, son un reflejo claro de ese descontento.
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