Marihuana: absolución por uso personal
El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad bonaerense de Dolores absolvió a un joven acusado de tenencia de una pequeña cantidad de marihuana para uso personal, al considerar inconstitucional el tramo de la ley antidrogas que condena esa acción. El TOC 1, compuesto por Carlos Colombo, José Luis Macchi y María Ester Zabala, avaló el pedido de absolución del imputado planteado por el defensor oficial Paul Orellano, quien consideró que tener droga para consumo personal no constituye delito. Y en ese marco el tribunal declaró que es contrario a la Carta Magna el segundo párrafo del artículo 14 de la ley 23.737 que reprime el narcotráfico. En cambio, el muchacho fue condenado a cuatro meses de prisión en suspenso por el delito de tentativa de robo que también se le achacaba.
La sentencia está referida al caso de un joven de 21 años detenido el 15 de junio de 2006 en Villa Gesell, cuando junto con otro muchacho fue sorprendido en una tentativa de robo a un domicilio. Tras el juicio oral el tribunal consideró -respecto de la cuestión de la droga- que "las acciones que sólo se refieren a la moral o a la integridad corporal individual, así como aquellas referidas a la personalidad espiritual, sin afectación de bienes jurídicos privados o colectivos, no pueden ser sancionados penalmente conforme lo determina el artículo 19 de la Constitución Nacional". (DyN)
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