El Senado aprobó el proyecto
El Senado aprobó ayer con una amplia mayoría el proyecto de ley que prohíbe las salidas anticipadas y transitorias para condenados por delitos graves, pero tras hacerle varias modificaciones fue devuelto a la Cámara de Diputados.
La iniciativa, que modifica la ley 24660 de ejecución de las penas privativas de la libertad, fue aprobada con 48 votos a favor, 8 en contra por parte del sector kirchnerista del bloque PJ-FPV y una abstención de Fernando "Pino" Solanas.
El proyecto había sido aprobado por la Cámara de Diputados en noviembre del año pasado, pero el haber sido modificado por el Senado, debió volver a la Cámara baja, que podrá aprobar los cambios o bien insistir en la redacción original si reúne una mayoría de dos tercios.
El proyecto establece que los condenados por los delitos contra la integridad sexual, homicidio agravado, tortura seguida de muerte, narcotráfico, trata de personas, robo con arma en banda y despoblado, contrabando agravado y delitos con el fin de aterrorizar a la población, no podrán acceder a los beneficios de salidas anticipadas, transitorias y libertad condicional.
Según el proyecto, tampoco podrán acceder a esos regímenes de semi libertad los reincidentes o quienes cometan un delito mientras se encuentren bajo libertad condicional o salidas transitorias.
Uno de los principales cambios hechos a la iniciativa fue la eliminación del homicidio simple, el contrabando simple y los delitos contra el orden económico de ese listado de figuras penales que impiden el acceso a los beneficios.
Otra de las modificaciones consistió en reducir el peso del Servicio Penitenciario por sobre la mirada del juez de ejecución de la pena a la hora de determinar el acceso al beneficio, dado que fue uno de los puntos más criticados durante el tratamiento del proyecto en la Comisión de Justicia.
Además, se establece que las víctimas tendrán participación en el último tramo del proceso y antes de que se decida otorgar alguno de los beneficios, al tiempo que se les permitirá sugerir informes y peritos alternativos a aquellos con los que cuente el juez.
Debate.
El presidente de la Comisión de Justicia, Pedro Guastavino (PJ-FPV), destacó "la ampliación de la lista de delitos donde se impedirá al condenado acceder al beneficio de la libertad condicional".
Además, realizó un repaso de las leyes que se sancionaron en la materia y destacó que "el Congreso ha venido dando distintas respuestas de las demandas de la sociedad y ha dotado de herramientas a los demás poderes".
El cierre del debate estuvo a cargo del oficialista Julio Cobos, quien destacó que el proyecto "aborda algo que tiene que ver con el sistema penitenciario, que es una parte del debate sobre la seguridad".
"Acá estamos legislando para los delincuentes, para los que cometen delitos, que las penas se cumplan", sentenció el senador mendocino. (NA)
Límites a la patria potestad
La Cámara de Diputados aprobó en sesión especial un proyecto de ley que establece la privación de la responsabilidad parental por femicidios, lesiones gravísimas y abuso sexual contra el hijo o hija por parte de alguno de los progenitores.
Con 203 votos afirmativos y dos abstenciones, la Cámara baja aprobó y giró al Senado el proyecto que modifica el Código Civil y Comercial, de manera tal que bastará con una sentencia o un procesamiento judicial a un autor de femicidio u otros delitos aberrantes para que automáticamente quede privado de la patria potestad sobre sus hijos.
"Las víctimas no son sólo las mujeres sino también los hijos, que son las víctimas colaterales", aseguró el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovestky (PRO), quien lideró el trabajo en comisión para consensuar un dictamen común.
Justamente, la diputada radical Alejandra Martínez fue la encargada de brindar el detalle de la iniciativa, que cuenta con el respaldo de la ONG "La Casa del Encuentro": explicó que cuando el juez dicta un procesamiento contra el autor del delito, ya le cabe la suspensión de la responsabilidad parental, en tanto que la privación comienza a correr una vez que la condena queda en firme.
El bloque Justicialista puso en consideración un dictamen del plenario en minoría, muy similar al proyecto consensuado, pero que enfatizaba la necesidad de profundizar en la distinción entre "privación" y "pérdida" de la responsabilidad parental.
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