Sabado 11 de mayo 2024

Ley Bases: jubilarse será más difícil para mujeres

Redacción 28/04/2024 - 00.26.hs

Si resulta aprobado, el proyecto de ley “Bases y puntos de partida para libertad de los argentinos” que será debatido hoy en la Cámara de Diputados, decretará el fin del Plan de Pago de Deuda Previsional (la moratoria vigente) que será reemplazado por una “Prestación de Retiro Proporcional”. El beneficio alcanzará a quienes tengan 65 años de edad y no completen los 30 años de aportes necesarios para acceder a la jubilación ordinaria y tomará como base el 80% del haber mínimo e idénticos requisitos que la Pensión Universal para Adultos Mayores (PUAM).

 

El artículo 226 deroga la Ley 27.706 y el artículo 207 crea “la Prestación de Retiro Proporcional, para aquellas personas que hubieran alcanzado los 65 años de edad y no cumplan el requisito previsto” sobre años de aportes registrados. Con los requisitos vigentes hasta 2005 (60 y 65 años para mujeres y hombres, respectivamente), la cobertura previsional alcanzaba a un 50%. Tras incorporar las leyes 24476 (2005) y 26.970 (vencida en 2022) el 65% de las jubilaciones otorgadas correspondieron a las moratorias.

 

Informalidad.

 

Como consecuencia de la enorme informalidad laboral que padecieron, la mayoría de las mujeres llegan a los 60 años sin el volumen de aportes registrados necesario. Tras la derogación de la Ley 27.705, el 90% de las mujeres de este país no podrá jubilarse a los 50 años y deberán esperar hasta los 65 para obtener su cobertura previsional. La problemática también afecta un 70% de los varones, que al cumplir 65 años tampoco completarán sus 30 años de aportes.

 

Ambos grupos tendrán dos opciones: elegir este mecanismo establecido en la Ley Bases o tramitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), destinada a garantizar cobertura previsional a mayores de 65 años que no cuentan con jubilación ni pensión. Resulta un ingreso menor a la prestación ordinaria, no genera derecho de pensión al cónyuge, conviviente o hijos/as a cargo y está condicionada a una evaluación socioeconómica y patrimonial.

 

El nuevo texto no establece ninguna forma de cálculo que determine los aportes necesarios para superar el piso del 80% y delega en el Poder Ejecutivo la reglamentación y la determinación los parámetros objetivos para acceder a porcentajes que reconozcan los aportes efectivamente realizados al sistema y las condiciones de la prestación.

 

Derechos adquiridos.

 

La derogación de la moratoria no afectará a quienes ya cuentan con un beneficio previsional y quienes se jubilaron por la Ley 27.705 tienen un derecho adquirido, por lo cual podrán seguir pagando las cuotas restantes de su acuerdo previsional. Del mismo modo, tampoco deberían verse afectados quienes ya iniciaron su trámite.

 

Sin embargo, quienes necesiten reiniciarse el trámite cuando la ley ya no esté vigente, deberán recurrir a la vía judicial, al igual que las personas que tienen un turno otorgado, pero aún no iniciaron su procedimiento o quienes se adhirieron estando en actividad diez años antes de la edad jubilatoria y están pagando aportes voluntariamente. En este caso, sería aconsejable adelantar la mayor cantidad de años y aportes posible.

 

(NA)

 

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