Peres retenía un cargo en la provincia y ayer fue a trabajar
A tres días de haber sido destituido por el jurado de enjuiciamiento, Natalio Perés se presentó en Relaciones Laborales para volver a las funciones que ejercía antes de asumir la Presidencia del Tribunal de Cuentas.
El abogado revista en la categoría 2 de la 643, la que retuvo porque, adujo, ocupó un cargo superior. Sin embargo, esta cuestión no estaría del todo clara y por eso intervino de inmediato la Fiscalía de Investigaciones Administrativas labrando un sumario.
Delitos penales.
Mientras Perés aguarda una definición sobre su situación laboral, también espera saber qué suerte correrá la causa penal que originó la conformación del jurado de enjuiciamiento, que está en manos de la titular del Juzgando de Instrucción 7, María Florencia Maza.
Fuentes judiciales resaltaron que "el jurado de enjuiciamiento no sólo lo acusó (a Perés) de mal desempeño, sino también por incumplimiento de los deberes de funcionario, figura que en el artículo 248 del Código Penal está definida como un delito muy leve, porque tiene hasta dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación".
En cuanto al temor de una eventual prescripción de la causa penal en manos de la jueza Maza, las mismas fuentes aclararon que eso no es posible, que los plazos corren a partir del domingo pasado, cuando el jurado dispuso la destitución. Esta opinión fue contrastada por otra: que la retención del cargo categoría 2 de la 643 por parte de Perés podría modificar los tiempos de prescripción.
Preguntas.
¿Puede alguien que fue destituido de un cargo "inamovible" seguir vinculado contractualmente con el Estado? ¿Se puede retener una categoría cuando se asume a un cargo que no es electivo? Estos son los aspectos que considera la Fiscalía de Investigaciones Administrativas.
Sobre el supuesto recurso que presentaría Perés para que se revea la decisión del jurado de enjuiciamiento, desde el Poder Judicial se dijo que el fallo es "irrecurrible" y que la Corte Suprema de Justicia bajó a las cortes provinciales las sentencias de dos jurados (de Chaco y Formosa) por anomalías en el ejercicio de la defensa de los funcionarios acusados y destituidos, pero que en ambos casos no volvieron a los cargos.
El gobernador debe activar el mecanismo del Consejo de la Magistratura para ocupar la Presidencia y la Vocalía del Tribunal de Cuentas, independientemente de que los destituidos presenten un recurso. De no ser así, por esto de las apelaciones, podrían pasar años sin ocupar las vacantes.
Ayer, en el despacho del mandatario pampeano se aguardaba la remisión de los documentos aportados por la Asesoría Letrada para que Oscar Jorge los eleve al Consejo de la Magistratura. El Poder Ejecutivo, al igual que los demás poderes, se notificaron este lunes de la resolución adoptada por el jury contra Perés y Rivero.
El jury.
Perés fue destituido el domingo, junto al ahora ex vocal del TdC Rubén Rivero. La cúpula del organismo de control quedó en el ojo de la tormenta luego de uno de los dos juicios vinculados a la corrupción en el Instituto Provincial Autárquico de la Vivienda (IPAV) durante el último gobierno de Rubén Marín (1999-2003). El desfalco millonario al IPAV quedó suficientemente probado durante el proceso que terminó con las condenas de sus dos máximos responsables de entonces, Hugo Nélson Agüero y Luis Araniz, entre otros.
Para el fiscal que actuó en aquella causa, quedó claro que la corrupción en Vivienda no hubiera sido posible de no ser por el relajamiento de los controles que debía realizar el TdC. Lo mismo entendió luego la Justicia Penal dando origen a la conformación del Jury de Enjuiciamiento que destituyó a Perés y Rivero "por mal desempeño de sus funciones: incumplimiento de los deberes inherentes al cargo e incompetencia o negligencia reiterada demostrada en el ejercicio del cargo".
Tan grave fue el descontrol a los ojos del jury que, en la fundamentación del fallo, llegaron a afirmar que los funcionarios destituidos habían tenido un "absoluto desinterés en efectuar el control impuesto por la ley". "Ambos imputados deben responder por la ineficacia del sistema y la evidente posibilidad de fraudes en perjuicio del patrimonio del Estado", añadieron.
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