El escribano Wallace perdió su registro por falsear datos
El ex escribano del gobierno provincial, Martín Wallace, titular del Registro Notarial 2 del Departamento Capital, fue suspendido por tiempo indeterminado para ejercer como profesional del rubro. El Colegio de Escribanos retendrá su matrícula por, al menos, cinco años. Concluido ese plazo, el ex funcionario de la gestión de Carlos Verna podrá solicitar el levantamiento de la medida para volver a ejercer. Este último dato no figura en la sentencia, pero está estipulado en la legislación vigente, según informaron a este diario fuentes del Superior Tribunal de Justicia.
La sanción al escribano fue dispuesta tras el sumario labrado por el Tribunal de Disciplina de la entidad que nuclea a los matriculados y elevado luego ante el Tribunal de Superintendencia Notarial, el cual es presidido por el titular del STJ, Eduardo Fernández Mendía, y tiene como vocales a otros dos ministros, Tomás Esteban Mustapich y Víctor Menéndez, y los escribanos Gustavo Horacio Vital y María Nélida Suárez, del Colegio. Este órgano dictó la resolución.
Suárez votó en disidencia, puesto que consideró que la sanción debía ser de un año de suspensión de la matrícula. En tanto, los otros cuatro miembros del Tribunal coincidieron en que la sanción debía ser por tiempo indeterminado, en función de la gravedad de los cargos.
El caso.
Wallace fue sumariado por haber insertado, presuntamente, datos falsos en 43 poderes otorgados a una AFJP. Por ese mismo hecho -el delito de falsedad ideológica- fue procesado por la Justicia Federal de Santa Rosa, decisión que luego confirmó la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca. La falsedad ideológica prevé una pena de prisión de uno a seis años para "el que insertare o hiciere insertar, en un instrumento público, declaraciones falsas, concernientes a un hecho que el documento deba probar, de modo que pueda resultar perjuicio".
Paradójicamente, la causa penal se abrió en la justicia federal a raíz de una denuncia del propio Wallace, aunque la investigación posterior terminó jugándole en contra. Sin embargo, la sanción de la ley que derogó el sistema de AFJP y devolvió los fondos de jubilados y pensionados a la Anses, hizo que la Cámara bahiense declarara la incompetencia del fuero federal y que el expediente cayera en manos de los tribunales ordinarios de la provincia.
De acuerdo a la resolución del Tribunal de Superintendencia Notarial, los hechos que los llevaron bajo la mira de la justicia y de sus propios pares ocurrieron entre los meses de octubre y noviembre de 2001. Entonces, una Administradora de Fondos Jubilatorios y Pensiones (AFJP), Unidos, asoció a cuarenta y tres obreros de una empresa constructora.
Como Unidos no tenía sede en Santa Rosa, la única forma de afiliar a los empleados era a través de poderes firmados por estos mismos a favor de un promotor. En dichos documentos el escribano certificó las firmas de esas personas, pero ninguna de ellas reconoció haber rubricado esos escritos. Es más, negaron haber visto a Wallace vez alguna.
Antecedente.
La resolución del Tribunal Notarial, antes de dictaminar la suspensión del profesional, fundamenta el rechazo a dos recursos planteados por el acusado, uno de prescripción y otro de nulidad. En el primer caso, Wallace había asegurado que el plazo para ser sancionado por el Colegio de Escribanos había prescripto, puesto que habían pasado más de seis años entre los hechos y el inicio del sumario, en diciembre de 2008, pero los miembros del tribunal dejaron en claro que el plazo, para un caso donde se investiga el accionar profesional y no un delito, era de diez años.
En el segundo caso, Wallace pidió la nulidad del sumario, por la falta de competencia de la Justicia Federal, pero los jueces lo rechazaron por entender que la causa penal nada tenía que ver con el sumario del Colegio de EScribanos.
Wallace asumió como escribano general del Gobierno en 2003, con la gestión de Carlos Verna. A ese cargo tuvo que renunciar en noviembre de 2006, tras ser acusado de ingresar a la Escribanía de Minas, ubicada en la Dirección de Minería, y sin seguir los procedimientos habituales, cambiar una hoja de un expediente relacionado con la explotación de una cantera de tosca. El entonces director de Minería, Germán Holgado, realizó la presentación judicial que forzó su dimisión.
Agravado por la reiteración.
En cuanto a los fundamentos de la sanción, los firmantes dieron por probado que las personas que firmaron los más de cuarenta poderes no eran quienes decían hacerlo y que el notario había omitido identificar a quienes suscribieron los poderes, siendo el exclusivo responsable de esa inobservancia desde el punto de vista profesional. "Su función primordial es dar fe de los actos que pasan en su presencia, asegurando con ello la validez de los mismos", expresa la resolución.
Añade que "constituye una falta susceptible de generar una sanción disciplinaria, todo acto u omisión, sea intencional o no, que viole los deberes funcionales impuestos a los escribanos" y que "la falta de recaudos diligentes en la verificación de la identidad de los otorgantes del acto, jurídica e históricamente denominada 'fe de conocimiento' dada por el notario, constituye una falta disciplinaria por omisión".
Para el Tribunal no fue suficiente ni eficiente la manifestación de Wallace respecto a que se había verificado en cada caso la identidad de los firmantes y que uno de los peticionantes de los poderes otorgados, de apellido Fernández, acompañaba personalmente a cada uno de los firmantes a la escribanía al acto de la firma.
"Resulta evidente que la individualización e identificación no fue realizada con la cautela, prudencia y diligencia que su función le imponía, y ese es el reproche susceptible de sanción, agravado en el caso, por la reiteración de idénticas situaciones en cuarenta y tres oportunidades y con idénticos sujetos -dos promotores de una AFJP-", considera.
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