Viernes 05 de diciembre 2025

Condenan al Estado por el policía que mató a su mujer y se suicidó

Redacción 21/03/2016 - 04.11.hs

La Justicia ordenó que indemnicen a las hijas del matrimonio y cuestionó la falta de controles de la Policía pampeana, la precariedad de los informes médicos y la labor poco seria de los abogados del Estado, que copiaron y pegaron 10 páginas completas.
En un duro fallo, una Cámara de Apelaciones en lo Civil ordenó indemnizar en casi un millón de pesos a las hijas de una mujer que fue asesinada por su esposo, un policía con antecedentes depresivos, usando el arma reglamentaria. Según consta en el expediente, el efectivo se encontraba en un fuerte estado depresivo cuando cometió el hecho y hasta unas semanas antes había estado con carpeta médica. Tenía antecedentes de gatillo fácil, intentos de suicidio, angustia y trastornos de conducta. Pese a ello, los psiquiatras no advirtieron la gravedad del cuadro clínico sino que autorizaron a que portara arma. Tanto la jueza de primera instancia como la Cámara Civil criticaron con dureza a la Policía provincial por la falta de preparación del personal autorizado a portar armar, a los peritos psiquiátricos por la liviandad con que evaluaron y diagnosticaron el caso, y a los abogados del Estado porque en vez de fundar sus fallos, copiaron y pegaron 10 páginas completas de un fallo anterior.
En septiembre del año 2013, la Cámara de Apelaciones en lo Civil ordenó al Estado pampeano indemnizar en unos 300.000 pesos -cifra que actualizada llega a casi un millón de pesos- a las hijas de Raúl Arnoldo Rodríguez, un policía pampeano que el 2 de octubre de 2008 mató a su esposa y luego se suicidó, todo delante de ellas, hijas de la pareja, en el hogar familiar. La jueza civil Fabiana Berardi en primera instancia y la sala 3 de la Cámara de Apelaciones luego, entendieron que el Estado es responsable por los daños causados a las hijas por el crimen de su madre y posterior suicidio de su padre, al no haber actuado sus integrantes -autoridades policiales, peritos médicos- con el rigor que ameritaba el caso. Entendieron que los antecedentes de violencia, angustia, trastornos de conducta, depresión y licencias médicas por esos motivos, que presentaba Rodríguez, eran indicios suficientes de que el hombre atravesaba un estado que le impedía portar un arma reglamentaria.
La demanda fue presentada por Grecia Yanina y Débora Nahir Rodríguez, esta última representante necesaria de dos hermanos menores de edad al momento de iniciar las actuaciones. Lo hicieron con el patrocinio de los abogados Román y Marcelo Molín. La defensa del Estado estuvo a cargo del fiscal de Estado, José Alejandro Vanini, con el patrocinio de Marina Alvarez y Carlos Raúl Caseta.

 

Acusación.
Al fundar la acusación, los abogados Molín señalaron "la poca importancia que se le dio al caso", ya que a solo dos meses de haber sido diagnosticado con un cuadro depresivo por un médico policial, "lo consideraron curado y listo para seguir con el ejercicio de sus funciones como empleado policial". El Estado pampeano, afirmaron, fue culpable de haber permitido que "una persona con serios y notables antecedentes psiquiátricos, varios intentos de suicidio y varios sumarios por procedimientos policiales dudosos, involucrado al menos una vez en los llamados 'casos de gatillo fácil', volviera a portar un arma".
Los abogados del gobierno reconocieron el hecho y la autoría de Rodríguez pero afirmaron que al haber ocurrido durante su día franco y en el ámbito de su hogar, el Estado no tenía responsabilidad directa ni obligación de indemnizar. Aseveraron que (el Estado) "no puede quedar comprometido por hechos exclusivamente personales del agente, carentes de toda relación con la actividad de interés para el comitente en cuyo ámbito aquel deja de ser dependiente para convertirse en un extraño".

 

Jurisprudencia.
Al analizar el caso, la jueza civil recordó que si bien hay discrepancias, la jurisprudencia argentina se inclina por responsabilizar a la fuerzas policiales por los daños que sus efectivos producen con las armas reglamentarias que se le entregaron para cumplir su función de defender a la ciudadanía, estén o no en funciones al momento de cometer el homicidio.
La magistrada señaló que "frente a un agente como Rodríguez, que según surge de los términos de la demanda, había estado involucrado, al menos en dos ocasiones, en episodios de 'gatillo fácil' y tenía antecedentes de trastornos depresivos, por los cuales se le había retirado el arma reglamentaria, las previsiones tomadas por la superioridad para restituirlo al servicio y proveerle nuevamente el arma, fueron mínimas".
"El caso tiene su causa en la violación de los derechos humanos de una mujer y el compromiso asumido en el orden internacional, como también la legislación sustantiva dictada en el orden interno, Ley Integral de Violencia 26485, son fuente de la obligación de resarcir, en el caso concreto, a los hijos de la mujer asesinada por su marido, un agente policial armado", concluyó.

 

Certificados de angustia.
En los años 2007 y 2008, Rodríguez presentó certificados médicos por angustia y depresión, y en forma voluntaria entregó el arma. El 28 de febrero de 2007 el médico policial Miguel Aragón, sostuvo que era necesario que realizara un tratamiento con médicos de la especialidad y consideró que se encontraba incapacitado para el servicio "mientras durara la patología".
Pocas semanas después el médico psiquiatra Aldo H. Ilarregui emitió un certificado médico en el que informó al Servicio de Sanidad Policial que el agente Rodríguez "se encontraba en condiciones de volver a trabajar, e incluso de portar su arma reglamentaria", la que le fue restituida.
Ilarregui no era médico policial al momento de ese diagnóstico, pero lo había sido con anterioridad. Por lo tanto, consideraron los magistrados judiciales, conocía los procedimientos y las consecuencias que estaban en danza. Esto mismo fue advertido por los jueces, que señalaron las gravísimas consecuencias que tuvo aquel diagnóstico.

 

Dos casos de gatillo fácil.
Según puede leerse en el fallo, Rodríguez había estado involucrado en dos casos de supuesto "gatillo fácil", uno en General San Martín y otro en Miguel Riglos; tenía antecedentes de violencia familiar -en el expediente obra un antecedente de una oportunidad en que el hombre intentó 'tirar' el auto en que viajaba con su familia contra un camión-, intentos de suicidio y estuvo un tiempo internado en una clínica psiquiátrica de Santa Rosa.

 

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