Jueves 25 de abril 2024

Para Baraldini, los delitos de la dictadura ya prescribieron

Redacción 20/03/2019 - 21.40.hs

Baraldini está acusado por más de 200 delitos de secuestros y torturas. Para justificar el accionar de los represores, su defensa recurrió al concepto de "obediencia debida" y la cadena de mando.

 

Los defensores de Luis Enrique Baraldini, el ex jefe de la Policía pampeana durante la dictadura cívico militar, cuestionaron ayer la calificación de delitos de lesa humanidad sobre aquellos hechos de secuestros y torturas que se investigan en el juicio de la Subzona 14 II, y destacaron que las acusaciones son "insostenibles".

 

Durante la audiencia, los abogados Omar Cayre, yerno de Baraldini, y Pedro Mercado continuaron con su alegato. En principio, Cayre intentó cuestionar la figura de delito de lesa humanidad que se impuso a los ex policías y ex militares acusados por casos de secuestros y torturas por los hechos ocurridos en La Pampa en la última dictadura.

 

En esa misma línea, fundamentó que la calificación penal se incorporó a la legislación nacional posteriormente a los hechos que se investigan en el debate que se lleva adelante ante el Tribunal Oral Federal en el Colegio de Abogados de Santa Rosa y que continuará hoy con una nueva jornada de alegatos.

 

El defensor afirmó que en la acusación se violan los principios de culpabilidad, presunción de inocencia y proporcionalidad, y resaltó que las acciones de los imputados "respondían a la legislación vigente. Hay acusaciones insostenibles, con pruebas que son frágiles".
Con esos fundamentos, Cayre, al igual que Mercado, dijo que los delitos investigados "están prescriptos" y agregó que "hay un sentido político" en el juicio. Sobre los acusados, señaló que "cumplieron lo que la ley establecía".

 

Baraldini, que no estuvo en el primer juicio de 2010 entre los acusados porque estaba prófugo, está acusado en este debate por 214 delitos de secuestros y torturas.
Los delitos de detenciones ilegales, seguidas por cautiverio y aplicación de tormentos y vejaciones a las víctimas, ocurrieron durante la represión ilegal a partir del año 1975 y continuado en el gobierno militar de facto vigente entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983.

 

Obediencia debida.
Mercado siguió en otro tramo con el alegato en defensa de Baraldini, manifestando que no hubo un ataque sistemático desde el Estado sobre una población civil y fundamentó que esa figura de delito de lesa humanidad debe ser juzgado ante la Corte Penal Internacional y que se incorporó a la normativa luego de sucedidos los hechos.

 

El abogado explicó que los uniformados "se manejan" con principios de autoridad y que las fuerzas armadas es una institución que mantienen un orden jerárquico. "Las diferencias jerárquicas no son cuestiones administrativas", indicó Mercado, ex militar carapintada, condenado por los alzamientos militares a 20 años, tras la recuperación de la democracia, e indultado en el año 2002.

 

Advirtió en ese sentido la existencia de la violación del principio del juez natural porque "las causas eran de jurisdicción y competencia militar" para juzgar a los acusados e hizo referencia nuevamente al concepto de "obediencia debida" para justificar el accionar de la represión ilegal, que generó detenciones ilegales, secuestros y torturas.

 

Nuevamente, cuestionó los hechos ocurridos antes del golpe militar -en la jornada anterior planteó la nulidad de estos hechos-. Dijo que "acá se están ventilando hechos desde 1975, cuando regia un Estado de Derecho, con los poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo".

 

"No parece razonable que se impute al personal por haber sido capacitado en virtud de la normativa que estaba vigente y que tenía el formato de legalidad y legitimidad para quienes así fueron educados. Los gobiernos pudieron modificar esas reglamentaciones y no lo hicieron", dijo Mercado, tras citar entre otras normas la ley 14029 Código de Justicia Militar.

 

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