Miércoles 17 de abril 2024

Frepam propone cambios

Redaccion 23/01/2020 - 21.33.hs

El Bloque del Frepam en el Concejo Deliberante de Santa Rosa presentó un proyecto de ordenanza que establece que en caso de producirse cesantías y/o exoneraciones de agentes municipales por causas relacionadas con el ejercicio de la violencia de género, la vacante generada sea cubierta dando prioridad de ingreso a la víctima, siempre que esta última tenga los conocimientos y cumpla los requisitos que requiere el empleo.
La iniciativa tiene las firmas de la concejala Claudia Giorgis y sus pares de bancada Pablo Pera Ibarguren y Gustavo Estavilla. En la misma se propuso, además, la adhesión de la Municipalidad de Santa Rosa a las leyes de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y de capacitación de los agentes del Estado en el trato correcto con perspectiva de género, más conocida como Ley Micaela.

 

Violencia de género.
En los fundamentos del proyecto se explica que la violencia contra las mujeres es toda conducta, por acción u omisión, basada en razones de género, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también su seguridad personal.
«Ser víctima de violencia física, psicológica y/o sexual es un factor de riesgo muy importante para la salud, pudiendo incrementar hasta en un 60% las enfermedades de carácter físico que llegan a sufrir. Las lesiones físicas, son las consecuencias más visibles de la violencia de género, pero no la única», explicaron.
Para el Frepam adherir a la Ley Provincial 2550, que es la que adhiere a su vez a la Ley Nacional 26485, de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, es una obligación de la Municipalidad de Santa Rosa.

 

Capacitación.
«Hoy muere una mujer cada 32 horas en manos de varones por cuanto el ‘femicidio’ es un flagelo que el Estado debe erradicar a través de programas y acciones permanentes tal cual lo establece y habilita la Ley 26485. Cuando hablamos de agentes del Estado que perpetran violencia de género hacia mujeres, sean éstas familiares o no, o bien hacia aquellas personas que acuden a las oficinas públicas que son maltratadas sean verbalmente o con acciones por el mero hecho de percibirse mujeres, también le cabe a ese Estado capacitar a sus agentes en el trato correcto con perspectiva de género», añadieron.
Por esto último es que proponen la adhesión de la ciudad a la Ley Micaela, 27499, a la que La Pampa adhirió a través de la Ley 3175.

 

Víctima.
Por esa razón, el proyecto propone la adhesión a las dos leyes citadas y a su vez la incorporación del artículo 31 bis a la Ley 643, de los Agentes de la Administración Pública Provincial, para que en caso de cesantía o exoneración de un agente permanente motivada en causas vinculadas al ejercicio de violencia de género, la víctima, que acredite ser cónyuge o conviviente; o la persona que acredite dependencia económica de aquél, tenga derecho a ser nombrada, sin prueba de selección, en un cargo vacante de la categoría inferior de la rama correspondiente a la especialidad y condiciones que poseía el agente cesanteado o exonerado, siempre que acredite conocimientos acordes a esa rama y demás requisitos necesarios para el ingreso.

 

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