Exhumaron un cadáver en una causa por sucesión
En 25 de Mayo se realizó la primera exhumación de un cadáver, por orden judicial, desde que en 2018 se creó el Juzgado Regional Letrado en esa localidad. La medida fue dispuesta por el juez Eduardo Vicente Godoy en un proceso sucesorio.
La diligencia se cumplió en el cementerio local con las presencias de la secretaria del tribunal, María Cecilia Ferreyra; la perito forense de General Acha, Marlene Arratea Sánchez; la jueza de paz, Verónica Alicia Cruces y personal policial y municipal.
“En estos siete años de funcionamiento del juzgado fue la primera vez que se exhumó un cadáver en 25 de Mayo. En ese lapso solo habíamos tenido otras dos exhumaciones, pero en Puelén”, detalló Vicente Godoy.
El próximo paso será la realización de una pericia de ADN en el Laboratorio de Genética Forense, que funciona en el Centro Judicial de Santa Rosa. Para ello no hay tiempos precisos porque dependerá del estado de descomposición del material genético.
El trámite se enmarcó en una causa de sucesión por una presunta herencia. Una mujer impugnó su maternidad y planteó que su madre no es tal, sino que su progenitora biológica es una tía. Ello se resolverá a través de la pericia genética.
Madre condenada.
Una madre fue condenada en 25 de Mayo por golpear a su hija de 13 años y provocarle lesiones. El fallo lo dictó la jueza de control, Daniela Johana Martínez, al homologar un acuerdo de juicio abreviado presentado por la fiscala Eugenia Paola Bolzan, la defensora oficial Mónica Carola Ontiveros y la propia imputada, una ama de casa de 34 años que reconoció su culpabilidad. El padre, que tiene a cargo sus cuatro hijos y en representación de la niña, también brindó el consentimiento al ser informado sobre sus alcances.
El hecho ocurrió cuando la víctima estaba en una plaza junto a una hermana menor y un hermano mayor. Este último se fue por un momento del lugar y, al regresar, encontró a su hermana de 13 años angustiada y llorando. Ella le dijo: “Vino mamá hasta acá y me pegó cachetadas en la cara”, lo que le provocó –según la constancia médica– un eritema en el pómulo derecho.
La condena contra la madre fue a seis meses de prisión en suspenso, como autora del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y en el marco de la ley 26.061 de Protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes.
Por ser la sanción de ejecución condicional, la imputada estará obligada durante dos años a cumplir con las siguientes reglas de conducta: a), fijar residencia, b) someterse al cuidado del Ente de Políticas Socializadoras, c) abstenerse de realizar actos de perturbación o intimidación, directa o indirectamente, hacia su hija, quien vive con su padre en 25 de Mayo, y d) realizar un tratamiento psicológico “con la finalidad de que no se reiteren hechos similares”.
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