Acceso a la información: Gil Domínguez le pegó a la Corte
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez aseguró que la combinación del decreto del gobierno nacional que restringe el acceso a la información pública y la postura “retrógrada” de la Corte Suprema de Justicia respecto a quiénes pueden plantear la inconstitucionalidad de una medida, provocarán un daño enorme al sistema democrático del país. El docente de la UNLPam habló ayer en una radio porteña en la advirtió sobre los juicios por daños y perjuicios que se ciernen sobre los periodistas.
“Según nuestra Constitución, el Poder Ejecutivo tiene la capacidad o la facultad de reglamentar las leyes para hacerlas operativas y ejecutivas en aquellos casos en que sea necesario. Lo que no puede el PEN, a través de un decreto reglamentario, es cambiar los contenidos de una ley, y mucho menos cambiarlos para restringir los derechos que esa ley garantiza”, sostuvo en diálogo con Radio Rivadavia.
“No solo es inconstitucional desde la perspectiva de las jerarquías, de que un decreto no puede cambiar el sentido de una ley, sino que es inconstitucional porque está restringiendo de forma irrazonable, de forma desproporcionada, de forma regresiva, un derecho que está en la Constitución, en los tratados de derechos humanos y que es esencial para el funcionamiento del sistema democrático”, explicó.
-Con este decreto reglamentario ¿uno podría conocer quiénes visitan la Quinta de Olivos?
-Lo que hace el decreto es eliminar dentro del concepto de información pública a todos los actos privados o particulares de los funcionarios públicos y eliminar cualquier tipo de información generada por particulares vinculados a ellos, con lo cual el listado de las personas que fueron a la quinta presidencial cuando se investigaba la fiesta de Olivos, por ejemplo, nunca se hubiera podido conocer. Además hay algo más grave todavía, porque este decreto establece que según el arbitrio del funcionario que reciba el pedido de información pública, si considera que este pedido es de mala fe, se le aplica el instituto del abuso del derecho, que puede tener como consecuencia no solo que el funcionario se niegue a responder el pedido sino que eventualmente el Estado pueda iniciarle un juicio a esa persona para reclamarle una indemnización por los perjuicios generados en ese ejercicio abusivo del derecho al acceso a la información pública. Y además, dentro de lo que es el sistema de estadísticas anuales, la Agencia de Información Pública, que es el órgano de aplicación que esta ley prevé, va a establecer cuántos pedidos se rechazaron, quiénes fueron los que los solicitaron, y todos los rechazados por haber incurrido en mala fe. Con lo cual se le puede denegar el acceso a una persona, se le puede iniciar un proceso judicial para que pague una indemnización y se lo puede escrachar públicamente enmarcándolo en un concepto de persona que ejerce este derecho de mala fe.
-¿Cuál es la vía a la que puede recurrir un periodista?
-Cualquier persona o cualquier periodista que solicite información pública y se le aplique este decreto, puede ir a la Justicia a pedir la inconstitucionalidad de este decreto y que el Estado le otorgue la información que solicitó. El problema es que hay una primera instancia, hay una segunda, hay una Corte Suprema de Justicia que crioconserva causas, entonces, el daño que genera este decreto reglamentario es un daño general que quizá en los casos particulares que se judicialicen puedan lograr una respuesta en un plazo muy largo, pero no todas las personas pueden judicializar porque no tienen los recursos. Entonces el daño es enorme, mucho más aun porque la Corte, en esta composición actual, se ha aferrado a una idea restrictiva, conservadora, retrógrada, de la legitimación procesal, esto es de quién puede acceder a un proceso judicial para ver si una ley o un decreto es válido o inválido. En este caso tendría que poder interponer un amparo cualquier persona, cualquier organización que represente a los periodistas, haya o no haya pedido un acceso a la información pública y se le haya aplicado el Decreto, pero lamentablemente la CSJN en sintonía con el gobierno de Milei en algunos temas muy sensibles como el decreto 70/2023 lo que hizo fue restringir el acceso a la Justicia, entonces solo puede acceder quien haga un pedido, se lo rechacen, tenga que pasar por primera instancia, segunda instancia, llegar a la Corte y vaya a saber cuándo va a poder acceder a la información.
-¿Y por qué ahora se hizo este decreto?
-Me parece que esto es parte de un formato, de un modelo de gobierno que es antidemocrático, que descree del sistema constitucional y que a todo aquel que avizora como un opositor es descalificado o es tratado de ser anulado. Y esto, con respecto al periodismo, recién empieza, no creo que termine acá. Después van a empezar a venir los juicios por daños y perjuicios a determinados periodistas, las presiones para que no estén en determinados medios… Esto no es nuevo.
-¿Qué te lleva a pensar eso?
-Porque es un modelo fundamentalista, mesiánico, que descree del sistema democrático. Es un modelo que quiere cambiar la Constitución sin reformarla, a través de decretos de necesidad y urgencia, de decretos reglamentarios, de decretos delegados. Esto ya lo hemos vivido en la historia, quizá no con tanta intensidad y no con tanta sinceridad.
-Guillermo Francos dijo que este decreto estaba en análisis y luego salió Adorni a decir que no se iba a modificar. ¿Hay dos alas en el gobierno?
-No, son dos caras de la misma moneda. Son distintas labores: el policía malo y el policía bueno. El bueno es Francos y las decisiones que toma el círculo de hierro, el tridente, son las decisiones que toma el gobierno, los que mandan. Luego Francos trata de hacer un control de daños, pero no es el que manda. Los que mandan dictaron el decreto y dijeron que no lo van a cambiar. Más claro imposible.
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