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Miércoles 25 de febrero 2026

Baric rechazó un amparo pero otro juez lo convalidó

Redacción 25/02/2026 - 00.04.hs

Mientras en La Pampa la Justicia Federal rechazó una acción de amparo contra la resolución del Ministerio de Economía de la Nación prohibiendo el cobro de tasas en las facturas de servicios públicos, un juez federal de la provincia de Buenos Aires falló a favor del municipio de Pergamino habilitando el cobro.

 

La resolución en nuestra provincia del juez federal Juan José Baric fue “rechazar en lo sustancial la acción de amparo incoada por la municipalidad de Genera Pico en punto al planteo de inconstitucionalidad” de la resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nación”.

 

Además, ordenó, al Ejecutivo que lidera la intendenta Fernanda Alonso a “ajustar la modalidad alternativa de cobro”, según lo establece el mismo juzgado en sus considerandos, “con un plazo de adecuación de 90 días a partir de la notificación”, lo que se produjo a mediados de este mes.

 

La municipalidad piquense fue de las primeras en acudir a la Justicia y encolumnarse detrás del movimiento cooperativo pampeano, que a través de la Federación Pampeana de Cooperativas, Fepamco, está también litigando con el mismo objetivo.

 

Pergamino.

 

Mientras tanto, en la ciudad de Pergamino, en la provincia de Buenos Aires, la justicia federal sí le dio la razón al municipio y a la cooperativa de electricidad de la ciudad.

 

Se trata en este caso de una sentencia del juez federal de San Nicolás, Aurelio Cuello Murúa, que consideró inconstitucional la resolución nacional que argumentó sólo se debe facturar por parte de las cooperativas “en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor”, prohibiendo explícitamente conceptos ajenos.

 

La resolución del juez fue fundamentada en varios pilares del derecho administrativo y constitucional. En primer lugar, el magistrado destacó que la Secretaría de Industria y Comercio no tiene facultades para legislar sobre materias que son de competencia local.

 

Indicó que “si bien la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240) es una norma nacional, su aplicación no puede anular las potestades tributarias de los municipios consagradas constitucionalmente”.Web para “monitorear”.

 

Mientras se debate en tribunales si es constitucional la resolución de Economía que prohíbe que las comunas cobren tasas a través de las facturas de servicios cooperativos, el Gobierno Nacional continúa escalando la polémica con los intendentes de todo el país. Ayer se conoció que desde la Casa Rosada lanzaron una web que permite monitorear y denunciar la cantidad de tasas municipales que cobra cada localidad.

 

La Jefatura de Gabinete, a cargo de Manuel Adorni, abrió un portal de Internet que invita a denunciar el cobro de tasas municipales en todo el país, así como también monitorear la cantidad de tributos que cada jefe comunal aplica sobre sus contribuyentes.

 

Cabe recordar que a principios del año pasado, el ministro de Economía, Luis Caputo envió una nota a provincias y municipios para pedirles que, con el fin de evitar incrementos en la presión tributaria, “implementen medidas para que sus municipios se adecuen a la legislación y promuevan la derogación de las tasas” cuyo valor “no guarde proporcionalidad con el costo de la prestación del servicio”.

 

Desde la vereda de enfrente, le recordaron a Nación que la mayor carga impositiva de las facturas de servicios es la que impone el Estado nacional.

 

Desde la cooperativa de electricidad de Pergamino, informaron que en la asamblea que tuvo lugar el 14 de este mes no sólo se trataron memoria y balance, sino que los socios abordaron “las implicancias de la resolución judicial que garantizaba la continuidad del convenio de recaudación con la municipalidad”. Los directivos de la cooperativa destacaron que la facturación conjunta es vital no solo para el municipio, sino para la propia estabilidad de la CELP, ya que permite un flujo de caja previsible y una gestión eficiente de los activos energéticos.

 

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