Condenado por abusar a nieta
(General Pico) - El juez de audiencia de juicio de General Pico, Marcelo Pagano, condenó a tres años de prisión efectiva, a un hombre (67) que en reiteradas ocasiones, abusó sexualmente, mediante tocamientos, de su nieta menor de edad. El magistrado lo sentenció por el cargo de Abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por un ascendiente como delito continuado.
Los hechos denunciados, se debatieron la semana anterior a lo largo de dos jornadas, con la intervención del fiscal Luciano Rebechi y del defensor particular Norberto Paesani.
Concluido el período probatorio, el juez acreditó que el imputado abusó sexualmente en reiteradas oportunidades de su nieta, que al momento de la denuncia tenía 13 años. La niña, fue abusada desde los seis años de edad, mientras estaba al cuidado del imputado. El último hecho, ocurrió en diciembre pasado.
Durante los alegatos finales, el fiscal mantuvo la acusación y solicitó la condena a cuatro años de prisión. El defensor, se pronunció por la absolución.
"En el caso que ha sido traído a juicio existen dos períodos de tiempo bien diferenciados. El primero se inicia con la denuncia de la madre de la menor (hija del acusado) y transcurre hasta la presentación de la acusación fiscal, y el segundo luego de dicha presentación y hasta el debate inclusive y, que se origina en la retractación de la damnificada", dijo el juez.
Denuncia.
Una de las peritos que intervino en la causa, destacó que "la retractación suele ser una conducta defensiva que se encuentra inmerso en un conflicto psíquico luego de haber realizado manifestaciones de vivencias sexuales abusivas en el ámbito familiar".
El juez concluyó que "los hechos denunciados existieron y su autor fue el acusado, pero en una familia que pareciera tener ciertas características endogámicas, con tanta cohesión, la develación de la menor y las consecuencias judiciales que esto trajo aparejado al normal desarrollo de la vida familiar, llevó malestar en todos sus miembros, pero principalmente en la propia denunciante quien, a partir del día siguiente a radicar la denuncia, comenzó a buscar elementos para no creerle a su hija".
Al momento de merituar la pena, Pagano tuvo en cuenta como un atenuante, la carencia de antecedentes del imputado, y su avanzada edad. Como agravantes, consideró la corta edad de la menor, la multiplicidad de hechos, las consecuencias familiares de su accionar, "y la circunstancia de que han existido hechos muy graves rayanos con el delito de abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa, que si bien no fueron descriptos en la acusación y por lo tanto no fueron objeto de la petición condenatoria del Fisca, me habilitan a tomarlos como agravantes al momento de fijar la modalidad de cumplimiento de la pena a imponer".
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