El IPAV rescindió la tenencia de viviendas en Castex, Santa Rosa y 25 de Mayo
(Eduardo Castex / Corresponsal) - El Instituto Provincial Autárquico de Vivienda (IPAV) dispuso la rescisión de las actas de tenencia precaria de tres viviendas sociales ubicadas en Santa Rosa, Eduardo Castex y 25 de Mayo, por incumplimientos vinculados con la ocupación efectiva de los inmuebles y, en dos de los casos, con el pago de las cuotas de amortización.
Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial de La Pampa del 23 de octubre. Además de las rescisiones ya dispuestas, el organismo notificó a presuntos herederos de titulares originales de viviendas en General Pico, Parera y Realicó para que regularicen situaciones pendientes, mientras que intimó a una adjudicataria de Villa Mirasol a presentar pruebas de descargo por la falta de ocupación permanente y la existencia de deuda.
En el caso de Eduardo Castex, la Resolución Administrativa 20/26-IPAV, fechada el 12 de febrero de 2026, dispuso rescindir el acta de tenencia precaria de la vivienda 32 del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas-Reconversión. La medida alcanza a Lucrecia Pamela Gatica y Luis Ezequiel Dagnino y se fundamentó en la falta de ocupación efectiva y en el incumplimiento del pago de las cuotas de amortización.
La resolución también dejó sin efecto la adjudicación que se había realizado en 2015 y autorizó al IPAV a tomar posesión de la unidad habitacional, conforme a lo establecido por la Ley 21.581.
En Santa Rosa, mediante la Resolución Administrativa 552/2026, del 29 de septiembre, el IPAV rescindió el acta de tenencia precaria de la vivienda 454 del Plan Federal de Construcción de Viviendas Techo Digno 2015, Zona E, cuya titular es María Soledad Torres.
Los fundamentos consignados son la falta de ocupación efectiva y permanente del inmueble y el incumplimiento del pago de las cuotas de amortización. Al igual que en el caso de Eduardo Castex, el organismo quedó autorizado a tomar posesión de la vivienda.
Una tercera medida alcanza a la vivienda 8 del Plan FO.NA.VI I, ubicada en 25 de Mayo. La Resolución Administrativa 195/2026, fechada el 7 de mayo, dispuso rescindir el acta de tenencia precaria que había sido suscripta en 1996 con Emilio Leonardo Mikelovich, por la falta de ocupación efectiva y permanente. La resolución también autorizó al IPAV a recuperar la posesión de la unidad.
Intimaciones a herederos y posibles nuevas rescisiones.
El Boletín Oficial de la Provincia también incluyó notificaciones dirigidas a presuntos herederos de titulares originales de viviendas sociales, a quienes el IPAV recordó que, en caso de resultar herederos, adquieren los derechos y las obligaciones asumidos por los adjudicatarios, entre ellas el pago de las cuotas.
En General Pico, el organismo intimó a quienes resulten herederos de Margarita Ester Rodríguez y Raimundo García Arrieta, titulares originales de la vivienda 265 del Plan FO.NA.VI. 3000, Zona 19, para que regularicen la deuda en un plazo de diez días hábiles desde la última publicación. En caso de no ejercer su derecho de defensa, el IPAV advirtió que resolverá las actuaciones sin su intervención y podrá iniciar acciones judiciales.
Otra notificación corresponde a los presuntos herederos de Ceferino Cruz Velázquez, titular original de la vivienda 9 del Plan FO.NA.VI. 3000 de Parera. En este caso, se les otorgó un plazo de diez días hábiles desde la recepción de la notificación para presentar la documentación necesaria para regularizar la titularidad, además de afrontar las obligaciones de pago y ocupación. Si no lo hacen, el organismo anticipó que podría dictar el acto administrativo de rescisión.
También se intimó a los presuntos herederos de Pacífico Nieto y Francisco Alfonso, titulares originales de la vivienda 82 del Plan 5000 Viviendas, Zona 5, primera etapa, de General Pico, para que regularicen el incumplimiento de pago dentro de los diez días hábiles posteriores a la última publicación. De no hacerlo, el IPAV señaló que podrá iniciar las acciones legales correspondientes.
Una situación similar se notificó a los presuntos herederos de Virginia Noemí Daffara, titular original de la vivienda 88 del Plan Plurianual, tercera etapa, año 2012, de Realicó. El organismo les requirió regularizar la situación de pago y ocupación en un plazo de diez días hábiles desde la última publicación, bajo apercibimiento de resolver las actuaciones y avanzar con una eventual rescisión.
Por otra parte, el IPAV intimó a Erica Yael Schwerdt, titular de la vivienda 9 del Plan Plurianual de Construcción de Viviendas, tercera etapa, año 2012, de Villa Mirasol, para que presente por escrito pruebas de descargo en un plazo de diez días hábiles desde la última publicación. La notificación se refiere a la presunta falta de ocupación efectiva y permanente y a la existencia de deuda. Si no ejerce su derecho de defensa, el organismo podrá continuar las actuaciones y dictar el acto administrativo de rescisión.
De esta manera, las publicaciones del IPAV comprenden tres rescisiones de tenencias precarias ya dispuestas y otras actuaciones administrativas destinadas a regularizar la titularidad, la ocupación y el pago de viviendas sociales en distintas localidades pampeanas.
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