Martes 30 de abril 2024

"Es un problema de las fuerzas de seguridad"

Redacción 18/07/2023 - 09.17.hs

El profesor en ciencias biológicas e investigador Daniel Oliveto sostuvo que la judicialización del consumo personal de marihuana “es un problema de las fuerzas de seguridad” por “la falta de capacitación” de las fuerzas y los agentes judiciales.

 

Un informe presentado por la Procuraduría de Narcocriminalidad, que depende del Ministerio Público Fiscal de la Nación, publicó que La Pampa entre enero y diciembre de 2022 se registraron 980 causas. De ese total, el 63 % fueron por tenencia para consumo personal (618), el 13 % por siembra (128), cultivo o guarda, el 9 % por comercio o tenencia (85), y el 7 % por tenencia simple (72).

 

“La tenencia por consumo en general no suele tener conflicto por aplicación del fallo Arriola, es en realidad un problema de las fuerzas de seguridad”. Oliveto relacionó esta cantidad de casos con “la falta de capacitación de las fuerzas de seguridad, de saber como intervenir ante estos casos” y explicó que si “uno encuentra a una persona con una cantidad de droga que está destinada para consumo personal, entonces, el fallo Arriola debería aplicarse antes de que se genere una causa judicial y que eso incluso entorpezca la labor de la Justicia”.

 

Oliveto recordó durante la entrevista con Radio Noticias que el fallo Arriola existe desde el año 2009 e indicó que el antecedente judicial “despenaliza la tenencia de droga para consumo personal”. “Es un fallo de la Corte Suprema de Justicia, lo que pasa que en este país no se está obligado seguir la jurisprudencia. En el caso de la Corte, marca un poco la cancha sobre cuál es la interpretación que debería haber a nivel de la Justicia”, explicó.

 

Además, señaló que la falta de capacitación por parte de “agentes judiciales” hace que “algunas causas que son para consumo personal prosigan un camino, que complique a la persona con el riesgo de una pena efectiva”.

 

Respecto a la aplicación del fallo Arriola consideró que si en el 2009 “se dijo que no es delito la tenencia para consumo” entonces “no debería haber 630 causas que se iniciaron en La Pampa”.

 

Para Oliveto existe “una interrupción entre el eslabón de la Justicia y las fuerzas de seguridad, donde la fuerza de seguridad sigue operando según un criterio viejo, o por lo menos anterior al fallo Arriola en donde sí la Corte había penalizado”. En ese sentido se refirió al “fallo Montalvo de la década del 90 que es el que estrena la Ley 23.737 y donde la Corte interpreta que la tenencia de drogas de consumo es un delito que debe ser penalizado”.

 

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