Herencia: validan matrimonio
El Superior Tribunal de Justicia falló nuevamente a favor de la santarroseña Lidia Cristina Porrini, que de esta manera podrá heredar bienes de Gerard Bernard Ángel, ciudadano francés con el que se había casado en 2012. El máximo tribunal de la Provincia consideró que el matrimonio –cuestionado mediante un recurso extraordinario por los coherederos- había cumplido los pasos legales. Así declaró inadmisible la pretensión de la parte accionante que argüía que el casamiento había sido irregular.
Antes esa presentación había sido rechazada por la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, que ratificó que el matrimonio del 26 de diciembre de 2012 era válido. Que no hubo maniobra fraudulenta y que Gerard Bernard Ángel -atravesaba una enfermedad terminal-, conservaba discernimiento y voluntad al momento de contraer matrimonio.
Los hermanos Lambla de Sarría decían que el casamiento fue irregular porque se realizó en el domicilio de los contrayentes, pero se asentó como celebrado en el Registro Civil. Dijeron que violaba la normativa que exigía cuatro testigos para los matrimonios fuera de sede.
Además señalaban que Ángel, de 76 años, estaba medicado con morfina y no tenía capacidad mental para consentir el acto.
La demanda de Thierry, Dominique y Eric Rousset Lambla de Sarría se tramitó bajo la figura de “redargución de falsedad”. Se trata de un procedimiento judicial, generalmente tramitado por incidente dentro de un proceso principal, cuyo objetivo es privar de valor probatorio a un instrumento público (como una escritura) al demostrar su falsedad material (adulteración) o ideológica (hechos falsos certificados por oficial). Se debe promover dentro de los diez días de impugnado el documento.
Demanda rechazada.
El STJ sostuvo que el recurso extraordinario provincial presentado por Thierry, Dominique y Eric Rousset Lambla de Sarría no cumplía requisitos procesales mínimos; no desarrollaba con claridad los hechos, mezclaba causales recursivas sin fundamentación autónoma y no demostraba errores graves o arbitrariedad en la sentencia de Cámara.
Los ministros María Verónica Campo y José Roberto Sappa resolvieron declararlo inadmisible y dieron por perdido el depósito de $ 109.040 exigido para interponerlo.
Anteriormente la Cámara de Apelaciones había desestimado los planteos al argumentar que Ángel tenía discernimiento de sus actos. E incluso el ciudadano francés le había manifestado días antes a un amigo su decisión de casarse por cuestiones impositivas vinculadas a su situación patrimonial en su país. También los jueces descartaron pudiera considerarse la posibilidad de fraude por la diferencia de edad entre los contrayentes, o la existencia de una sociedad comercial conjunta.
Fin de la cuestión.
La saga comenzó cuando Porrini contrajo enlace en 2012 con el ciudadano francés Gerard Bernard Angel. La pareja -que se había conocido cuatro años antes- vivía algunos meses en Santa Rosa, y otros en Francia.
Cuando se produjo el fallecimiento de Gerard comenzó el trámite sucesorio y el 20 de agosto de 2013, en el Juzgado Civil Nº 3 a cargo del juez Guillermo Salas, se determinó que Porrini era heredera en carácter de cónyuge de los bienes que el hombre tenía en Francia.
La disputa legal está planteada por un importante legado de bienes ubicados en el sur de Francia, sobre los cuales la Justicia había determinado -hace ya ocho años- que Lidia Cristina Porrini es heredera junto a los hijos, quienes habían iniciado la demanda de redargución.
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