Miércoles 02 de julio 2025

La misiva que habilitó la entrega de caudales

Redacción 09/08/2024 - 00.31.hs

Ayer se conmemoró el "Día de la Reafirmación de los Derechos Pampeanos sobre el río Atuel" en la provincia de La Pampa. En Algarrobo del Águila, el intendente Oscar Gatica participó del acto encabezado por el gobernador, Sergio Ziliotto, para dejar claro que "a pesar del tiempo, nuestro reclamo sigue intacto, y no dejaremos de luchar hasta que nuestro río corra de manera permanente por nuestra querida provincia", tal como señaló.

 

La problemática se inició con la construcción del sistema de embalse llamados "Los Nihuiles" en la alta cuenca. Allí, Mendoza tomó su uso y abuso del agua a su antojo. En La Pampa cesó la escorrentía, los humedales y el río se secaron, y la falta del vital líquido produjo una brutal diáspora de las familias que dependían del río.

 

Algarrobo lucha.

 

Ayer a la mañana, en el Polideportivo municipal "Águilas del Oeste", la comunidad de Algarrobo del Águila, compartió un nuevo acto en el "Día de Lucha por el Río Atuel".

 

Gatica memoró que "esta jornada recuerda la fecha en que, en el año 1947, el operador radiotelegrafista Ángel Garay, que cumplía funciones como encargado del Destacamento Policial en el paraje Paso de los Algarrobos, le mandó un telegrama al presidente de la Nación, Juan Domingo Perón. En la carta le describió las nefastas consecuencias sociales, productivas y ambientales derivadas del corte del río por parte de las autoridades mendocinas. Y también pedía por una escuela para ése paraje", recordó el jefe comunal.

 

"Hoy se cumplen 77 años de esa misiva que permitió que se dictara la Resolución Nº 50 del año 1949 de la Dirección de Agua y Energía Eléctrica de la Nación, que ordenó con carácter provisorio la entrega de caudales a nuestra provincia con tres sueltas anuales de siete días de duración cada una, con destino a bebidas de poblaciones y ganado, riego de las praderas naturales y alimentación de represas y lagunas", agregó.

 

Luego de muchas idas y vueltas, La Pampa se puso firme y reclamó judicialmente la devolución del "río robado". El tema pareció encauzarse con el Acuerdo de Ministros de la Corte Suprema de Justicia de fecha 16 de julio de 2020, en el marco de la causa CSJ 243/2014 (50-L)/CS1 "La Pampa, Provincia de c/ Mendoza, Provincia de s/ uso de aguas", donde decidieron "fijar como meta interina un caudal mínimo permanente del río Atuel de 3,2 m3/s en el límite entre La Pampa y Mendoza".

 

Fallo de la CSJ.

 

El fallo explicó que el Tribunal precisó que ese es el caudal recomendado por el Instituto Nacional del Agua (INA) como instrumento de posible cese del daño ambiental ocasionado por la falta de escurrimiento del río Atuel en territorio pampeano. El voto mayoritario suscripto por los jueces Highton de Nolasco, Maqueda, Lorenzetti y Rosatti empezó por destacar que las jurisdicciones no habían arribado a una solución sobre el punto, razón por la cual correspondía que el Tribunal definiera el curso de acción a seguir, de acuerdo a lo establecido en su pronunciamiento del 22 de mayo de 2018.

 

Seguidamente puso de resalto que los términos de la cláusula ambiental de la Constitución Nacional permiten afirmar la existencia de deberes positivos en cabeza de los particulares y del Estado para la defensa del derecho a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano. Precisó que estos deberes se desarrollan en la Ley General del Ambiente y en el Código Civil y Comercial de la Nación de modo coherente, tanto en el ámbito público como privado.

 

En consideración de los mandatos constitucionales y legales señalados, el Tribunal recordó que el punto de partida del presente conflicto deviene de la disminución de la oferta y, a su vez, del aumento de la demanda de agua del Río Atuel. A esta evidencia añadió que ese recurso debía también ser destinado a la conservación del ecosistema interprovincial, para que mantenga su sustentabilidad, todo ello sin perder de vista el interés de las generaciones futuras, cuyo derecho a gozar del ambiente está protegido por el derecho vigente.

 

No obstante a la sentencia del máximo escalón de la Justicia en Argentina, Mendoza no cumplió ni cumple con el mandato de la CSJ. Por ello, la comunidad algarrobense, comandada por su jefe comunal, procesó éste acto en reclamo y en repudio a la desobediencia de ésa provincia, y a la pasividad del sistema judicial para que se repare, en parte, el daño global que ocasionaron a nuestra Provincia.

 

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