La Oficina de Milei: "Es un claro ejemplo de censura indirecta”
El abogado constitucionalista pampeano, Andrés Gil Domínguez, advirtió que la Oficina de Respuesta Oficial que lanzó la gestión de Javier Milei “es un claro ejemplo de censura indirecta que afecta la libertad de expresión e información”. A su vez, señaló que “se inscribe en un discurso abiertamente hostil hacia periodistas y medios críticos”.
El letrado publicó un artículo de opinión en el sitio Bardeo News, donde señaló que “el Gobierno creó en el ámbito de la estructura estatal, la Oficina de Respuesta Oficial de la República Argentina (ORO) a efectos de evaluar todas las publicaciones que se realicen relacionadas con la gestión gubernamental con el objeto de ‘señalar falsedades concretas y contrarrestarlas con datos’. La ORO fue lanzada en la red social X a través de una cuenta con tilde gris, haciendo de esta manera un fundamental aporte probatorio a las causas Libra e Ian Moche respecto de la conducta desarrollada por Javier Milei en su carácter de Presidente de la Nación”.
Gil Domínguez explicó que “la Constitución argentina y los instrumentos internacionales sobre derechos humanos que tienen jerarquía constitucional –especialmente la Convención Americana sobre Derechos Humanos– establecen una concreta interdicción de toda forma de censura indirecta que intente impedir o directamente impida la comunicación y, consecuentemente, la circulación de ideas y opiniones”. A su vez, señaló que “la censura directa consiste en la utilización de mecanismos normativos, administrativos o fácticos que impiden de manera inmediata y explícita el ejercicio de la libertad de expresión. Se trata de prohibiciones formales, sanciones expresas, controles previos o restricciones abiertas que bloquean la emisión, circulación o recepción de ideas, opiniones o informaciones. Su rasgo distintivo es la interferencia frontal y manifiesta del Estado en el contenido o en el acto mismo de expresarse, lo que permite identificarla con relativa facilidad y someterla a un control constitucional estricto”.
Censura indirecta.
En cambio, planteó que “la censura indirecta presenta un grado mayor de complejidad y peligrosidad institucional. No opera mediante prohibiciones explícitas ni restricciones formales al discurso, sino a través de instrumentos, prácticas o decisiones estatales que generan un temor fundado a expresarse, produciendo un efecto disuasivo o inhibidor sobre el ejercicio de la libertad de expresión”.
“En estos supuestos, el Estado no silencia directamente, pero crea condiciones estructurales que desalientan, condicionan o castigan indirectamente la expresión, afectando de modo sustancial el debate público. Una de sus manifestaciones es justamente la estigmatización pública desde posiciones de poder estatal o bien la naturalización de represalias simbólicas, institucionales o materiales frente a discursos considerados incómodos”, añadió.
El constitucionalista remarcó que “su nota característica es que no elimina formalmente el derecho, pero vacía su ejercicio real, al inducir a la autocensura. El sujeto afectado conserva, en apariencia, la libertad de expresarse, pero se ve compelido a callar, moderar o retractarse ante el riesgo razonable de sufrir consecuencias adversas. Este efecto inhibidor resulta especialmente grave cuando la censura indirecta emana de agentes estatales, puesto que la autoridad institucional amplifica el impacto disuasivo del mensaje”.
Autocracia.
Para Gil Domínguez, la creación de la Oficina “cristaliza institucionalmente el lema neofascista ‘no odiamos lo suficiente a los periodistas (siempre que sean críticos o no permitan que les manipulen las entrevistas)’ propio de las extremas derechas 2.0 de estos tiempos en el marco progresivo hacia una autocracia o democracia iliberal. Es un claro ejemplo de censura indirecta que afecta la libertad de expresión e información”.
El abogado aclaró que “nadie defiende ‘la impunidad de la mentira’, como sostiene el ecosistema digital libertario. El problema no es que el Estado se exprese, sino que lo haga a través de un dispositivo institucionalizado, asimétrico y selectivo, con capacidad objetiva de intimidación”.
Asimetrías.
La ORO, consideró, es la profundización de lo que se intentó hacer oportunamente con el Observatorio Nodio del año 2020, que “con razón fue duramente criticado por varias personas –algunas de las cuales promovieron denuncias penales– que actualmente son legisladores oficialistas, gobernadores aliados o bien ocupan cargos públicos y que están escondidos, guardando un impúdico silencio antirrepublicano. Nodio se presentaba como observatorio académico-comunicacional y un organismo técnico, en tanto que ORO se inscribe en un discurso abiertamente hostil hacia periodistas y medios críticos, agravando su impacto intimidatorio debido a que está directamente asociada a la figura presidencial y a su estrategia comunicacional, lo cual intensifica la asimetría de poder en términos de censura indirecta”.
Finalmente, sostuvo que “las democracias consolidadas no combaten la desinformación mediante oficinas estatales de señalamiento discursivo, sino fortaleciendo el pluralismo, la alfabetización digital y la libertad de expresión e información. Un gobierno democrático y republicano convencido de la fortaleza de sus políticas e ideas no necesita de la ORO ni del Nodio; solamente cuando en el fondo se sienten débiles, desconfían cobardemente de la fortaleza del debate democrático y desean imponer un sistema autocrático necesitan escudarse en esta clase de mecanismos”.
Artículos relacionados
