Milei quita instancias de control para poner jueces
El Gobierno oficializó ayer una reforma en el mecanismo de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia, así como de las autoridades que encabezan el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa. La medida fue instrumentada mediante el decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
La modificación alcanza a los procedimientos establecidos por los decretos 222 y 588 de 2003, que regulaban las designaciones de los máximos cargos judiciales. Según argumentó el Ejecutivo, el objetivo es acelerar los nombramientos, reducir trámites administrativos y adecuar el sistema a los canales digitales de comunicación actuales.
Los cambios.
Según publicó Ambito, uno de los principales cambios es la eliminación de la instancia previa de observaciones ciudadanas que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes de que el Poder Ejecutivo enviara los pliegos al Senado. Antes los antecedentes de los postulantes debían publicarse y quedar sujetos a opiniones o impugnaciones antes de formalizar la nominación.
Desde el Gobierno argumentaron que ese mecanismo duplicaba procedimientos ya contemplados en la Cámara alta, donde continúan vigentes las audiencias públicas, la recepción de observaciones de la ciudadanía y el tratamiento de los pliegos por parte de la Comisión de Acuerdos.
Con la nueva normativa, la participación ciudadana seguirá existiendo, aunque quedará concentrada en la etapa legislativa. Al respecto remarcaron que "los mecanismos de publicidad, transparencia y control ciudadano no se eliminan", sino que pasan a desarrollarse exclusivamente en el Senado.
Antecentes y bienes.
La reforma también introduce cambios en la difusión de los antecedentes de los candidatos. A partir de ahora, la información será publicada en el sitio web oficial del Ministerio de Justicia y en el Boletín Oficial, dejando de lado la obligación de hacerlo en diarios de circulación nacional.
Además, los postulantes deberán presentar en un plazo de cinco días sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo bienes propios, de su cónyuge o conviviente, del patrimonio conyugal y de los hijos menores, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Ética de la Función Pública.
Otro de los puntos modificados involucra a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El organismo continuará verificando la situación impositiva y previsional de los candidatos, pero ahora contará con un plazo máximo de cinco días para emitir los informes correspondientes, los cuales deberán respetar las normas de secreto fiscal.
El medio porteño explicó que la nueva reglamentación no introduce cambios en el procedimiento constitucional de designación. Puesto que se mantienen intactos los requisitos de aprobación por parte del Senado, incluidas las audiencias públicas, las impugnaciones ante la Comisión de Acuerdos y la necesidad de obtener una mayoría de dos tercios de los legisladores presentes para validar cada nombramiento.
Otra novedad que genera polémica es una omisión respecto del decreto 222/2003. El texto publicado ayer ya no menciona la recomendación dirigida al Presidente para considerar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación regional al momento de proponer candidatos para los máximos cargos judiciales.
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