Repudian la desregulación de colegios
El Colegio de Arquitectos de la Provincia de La Pampa, miembro de Fadea, y en conjunto con Fadic, Fadie y la Facpet, rechazaron el proyecto de Ley de Regulación Profesional que se presentó bajo Expte. N°1677-D-2025.
Desde la institución pampeana expresaron que la iniciativa “pone en riesgo el rol fundamental de nuestras instituciones”.
“Este proyecto debilita el control del ejercicio profesional, afecta la seguridad pública y desconoce la organización federal del país”, indicaron.
El comunicado, firmado por las instituciones, señala que el proyecto “propone simplificar los objetivos primordiales de los Colegios/Consejos profesionales, restringiendo sus objetivos prioritarios por los cuales han sido creados y con los cuales desempeñan múltiples acciones, no solamente en el control del ejercicio legal de las profesiones, sino también, resguardando los intereses de la sociedad garantizando el cumplimiento de las normas imprescindibles que sostienen un desarrollo responsable de nuestras Comunas y Municipios para un desarrollo equilibrado de nuestros territorios”.
Estándares.
Por otra parte, subrayaron que los Consejos/Colegios Profesionales, “lejos de ser estructuras burocráticas, son entidades fundamentales para asegurar estándares técnicos y éticos, por lo que su debilitamiento puede derivar en una profesionalización sin control de calidad profesional”. En ese sentido sostuvieron que se “precarizan derechos y convierten a los profesionales en simples prestadores de servicios sin respaldo institucional y comprometiendo la seguridad pública”.
Asimismo, remarcaron que las instituciones son “entidades creadas por Ley, enmarcados en Constituciones Provinciales, no siendo una función delegada por las provincias a la Nación”.
“El Artículo 121 de la Constitución Nacional establece que las provincias conservan todo poder que no haya sido delegado al gobierno federal y que se haya reservado expresamente en pactos especiales al incorporarse. En esencia, define la distribución de competencias entre la Nación y las provincias, estableciendo que las provincias tienen autonomía para ejercer los poderes que no han sido delegados a la Nación”, argumentaron.
Finalmente, agregaron que “los textos de muchas de las Constituciones provinciales ya reformadas y en proceso de reforma, garantizan, promueven y reconocen la existencia y el área que los Colegios/Consejos Profesionales junto a las Cajas de Previsión Social, los cuales son autónomos e independientes-de los estados provinciales y nacional”.
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