Sigue causa por azotes a anciano
La causa contra las dos mujeres que a fines de noviembre, en Santa Isabel, asaltaron a un adulto mayor a quien llegaron a azotar con un rebenque, está en la órbita del Juez de Control de Victorica, Carlos Espínola. Ambas permanecen detenidas dado que el magistrado rechazó un pedido de reexamen de la medida.
Hoy, la causa continuará su curso mediante una audiencia multipropósito donde el fiscal Enzo Rangone presentará sus pruebas. Por su parte, la defensa podrá oponer otras y hasta proponer un juicio abreviado.
De acuerdo a lo informado por la Fiscalía, en la noche del 23 de noviembre, un jubilado de 67 años denunció en la comisaría Departamental Santa Isabel que había sido víctima de un violento intento de robo en su domicilio. Según relató, dos mujeres ingresaron a su vivienda exigiéndole dinero. A pesar de los reiterados pedidos del dueño de casa para que abandonaran el lugar, las mujeres se tornaron agresivas al no encontrar dinero.
“Intenté escaparme, pero por mi edad y mis condiciones, Nunca pude zafar. Me sujetaba y no me dejaba llegar a la puerta y me decía que no me iba a dejar salir de mi casa, hasta que le entregue dinero”, contó.
Las mujeres utilizaron un rebenque para golpearlo. Una lo sujetaba y la otra le pegaba, hasta le tapaban la boca con un trapo para que los vecinos no escucharan los gritos. Buscaban dinero y, pese a la negativa del jubilado, que insistía que no tenía nada, fue amenazado con un cuchillo. La golpiza fue tal que, al día siguiente, por dolores en su cuerpo, el hombre fue al Hospital, donde la médica de guardia constató múltiples lesiones.
Audiencias.
Las detenidas son dos mujeres mayores de edad y oriundas de Santa Isabel, quienes, por orden de la Justicia, fueron trasladadas a Santa Rosa conde permanecerán a disposición de la justicia mientras se llevan adelante las actuaciones judiciales correspondientes.
Para hoy y para el viernes 27 de diciembre, Espínola convocó a las partes a sendas “audiencias de multipropósito de Control”. En éste espacio, según establece el CPP, se hará “el ofrecimiento de prueba de la defensa, para debatir y resolver las cuestiones propias de esta etapa. Si para ello se justifica producir pruebas, las partes la ofrecerán en la misma audiencia y tendrán a su cargo la presentación. De ser necesario podrán requerir el auxilio judicial”.
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