Jueves 05 de junio 2025

Pepa, condenado a tres años, se salvó de ir a la cárcel

Redacción 30/12/2009 - 02.11.hs

(General Pico) - Los jueces condenaron a los cuatro imputados de fraude a la administración pública. En un fallo muy extenso, también habilitaron al fiscal para que investigue si otras personas cometieron delitos.
La Cámara del Crimen de esta ciudad condenó ayer a tres años de prisión en suspenso al ex-intendente de Alvear, Oscar Pepa, al encontrarlo culpable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Además, le impusieron una pena de inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El ex secretario tesorero de la comuna alvearense, Omar Ghisio también fue condenado a prisión en suspenso por un término de dos años y seis meses, por similar cargo. Los jueces le impusieron la pena de una inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos.
La lectura de la sentencia se realizó en el recinto del máximo tribunal local, presidido por los jueces Alfredo Alonso, Florentino Rubio y Fabricio Losi. Solo dos de los imputados, Pepa y Ghisio, estuvieron presentes junto a sus abogados defensores y familiares. Los otros dos procesados, Jorge Rodríguez y Andrea Bensi estuvieron ausentes y se enterarán del fallo condenatorio mediante sus representantes. El tribunal también los encontró culpables a ambos de fraude en perjuicio de la administración pública. A Rodríguez, quien fuera el apoderado de la unión de empresas ILKA más Consnor, se le impuso una pena de tres años de prisión en suspenso, al hallarlo culpable de fraude en perjuicio de la administración pública. Para Andrea Bensi, presidenta de Consnor, la condena fue de dos años y seis meses de cárcel en suspenso.
En el fallo los jueces habilitaron al agente fiscal para que investigue si de las actas del debate del juicio surge que otras personas puedan haber cometido algún delito cuando se hicieron las cloacas en Intendente Alvear.

 

"Puesta en escena".
En uno de los párrafos del extenso fundamento de los votos de los jueces, de casi 140 páginas, se menciona que la construcción de la red cloacal fue "una puesta en escena, que incluyó el proyecto para la invitación a las empresas, el concurso entre firmas controladas por idéntica persona, los elevados sobreprecios en varios ítems, pero fundamentalmente en la planta de tratamiento, de la que incluso hoy en día no se sabe, a ciencia cierta, si fueron o no recibidos elementos que figuran en remitos". Todos esos puntos fueron considerados "capítulos del ardid que se pergeñaba a partir de la fácil disponibilidad de fondos de ATN que tenían ciertos actores".
Los argumentos condenatorios hacen hincapié en varios aspectos de la controvertida obra. Uno en particular: los millonarios equipos electromecánicos que debían instalarse en la planta de tratamiento de líquidos cloacales. Los jueces entendieron que los imputados no podían desconocer el faltante de ese valioso equipamiento, tal cual se desprende del expediente. Además, en referencia a los empresarios que realizaban la construcción de los desagües cloacales se indica que era una estructura pergeñada por personas ajenas al municipio alvearense que ofertaron la obra como en otros lugares, con un "modus operandi" idéntico, de donde a partir de sistemas de contratación preelaborados y digitados, que excedían el marco legal de acuerdo al monto y la envergadura de la obra, se obtenían fondos de ATN para la construcción de saneamiento urbano. Para los jueces, las uniones transitorias de empresas sólo eran un "mascarón" que encubría al verdadero ejecutor del emprendimiento.

 

Negrotto y Oppezzo.
"Por supuesto que en el debate no estuvieron todos los que fueron, pero los que comparecieron como acusados tienen responsabilidad en los hechos. También es claro que los que no estuvieron son, acaso, los de mayores responsabilidades en la consumación del fraude a la administración pública", dice en otro tramo el fallo.
En uno de los puntos de la sentencia, los jueces dispusieron remitir copias de las actas del juicio a los fines de una "eventual promoción de acción por delitos". Los nombres del marinista Oscar Negrotto y del empresario neuquino Enrique Halcak fueron repetitivos durante todo el juicio. Otro que no parece salir bien parado es el consultor Carlos Opezzo. El tribunal entendió que en su testimonio ante los jueces arguyó paso del tiempo y una afección crónica para incurrir en olvidos. "Pero su olvido fue mayor en un dato importante: quién le requirió que examinara los anteproyectos, pues en una entrevista periodística en el diario LA ARENA del 5 de septiembre de 2000 (no ofrecida como prueba) como fue público y notorio, lo dijo, con nombre y apellido, y podría ser un elemento importante a tener en cuenta en una futura investigación", dice el fallo al referirse a uno de los actores principales de la millonaria obra.

 


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