Miércoles 17 de abril 2024

Controlarán venta de alcohol

Redacción 19/11/2016 - 00.55.hs

(General Pico) - La renovada ordenanza en contra del alcoholismo sancionará con dureza a los comerciantes de General Pico que vendan alcohol fuera del horario permitido y además considerará el perjuicio de la publicidad que hagan sobre ese tipo de bebidas. Las infracciones son en principio monetarias pero avanzan hasta la clausura.
En la sesión del Concejo Deliberante (CD) de esta ciudad se aprobó el jueves por unanimidad el proyecto de ordenanza que modifica la reglamentación anterior del año 2001. La nueva normativa se encuentra en el marco de la Ley Nacional 24788 de "Lucha contra el alcoholismo", que considera tanto la venta como la promoción de esa comercialización de bebidas. También se incluye a aquellas personas que consuman en la vía pública y en lugares no autorizados.
La nueva reglamentación considera la venta a través de máquinas expendedoras o automáticas, siendo esa una modalidad que algunos comercios implementaron para evitar la veda horaria.
Además la ordenanza considera como sancionable la difusión mediante publicidad que signifique una violación a esta normativa. Incluyendo así propagandas dirigidas específicamente a menores de edad, que muestre imágenes de adolescentes menores a 18 años, que sugiera que el consumo de bebidas alcohólicas mejora el rendimiento físico o intelectual de las personas, que use el consumo de este tipo de bebidas como estimulante de la sexualidad o de la violencia en cualquiera de sus formas. Además, toda difusión debe incluir la leyenda: "Beber con moderación-Prohibida su venta a menores de 18 años de edad".

 

Multas y clausuras.
Aprobada la ordenanza también quedan en vigencia los montos actualizados que en su mayoría van de un mínimo de 200 unidades fijas, o sea un equivalente a 3.000 pesos, hasta un máximo cercano a los 37 mil pesos al considerar 2.500 unidades fijas. Los valores se incrementan según la infracción y además por la reincidencia.
Por otra parte, comercios, espectáculos y locales nocturnos podrán ser sancionados con la clausura temporal, que en su plazo menor será de cinco días. Y considerando la gravedad o reiteración de la infracción podrá llegar hasta el cierre permanente de un comercio.
En el CD el cambio de ordenanza fue aprobada por todos los ediles presentes en la sesión, sin embargo su aplicación deberá ser ahora difundida y la aplicación deberá remitirse a los controles que realice el municipio local.

 

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