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Viernes 15 de mayo 2026

Los municipios no tienen la potestad de poner radares en rutas nacionales

Por Redacción 15/05/2026 - 11.15.hs

Desde la Municipalidad de Darwin, en la provincia de Río Negro, buscan colocar un radar con el objetivo de que los conductores respeten los límites de velocidad, se reduzcan las maniobras peligrosas y prevenir siniestros viales en tramos que son críticos. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia indicó que va a rechazar el planteo con el que se busca que se habiliten radares para el control de los límites de velocidad en la Ruta Nacional 22 que no tengan la autorización de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).

 

Con respecto a lo informado por la Agencia Noticias Argentinas, los jueces Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti fueron los encargados de desestimar el recurso que fue presentado por el municipio en el que se solicitaba la nulidad de la Disposición ANSV N° 31/2020.

 

Este conflicto se originó en el momento en que ANSV tomó la decisión de que la baja de la homologación y la autorización de uso de radares móviles que sena operados por la el municipio de Darwin, después de que se detectaran irregularidades tanto técnicas como operativas en las inspecciones que se realizaron sobre la Ruta Nacional 22.

 

Desde la Municipalidad de Darwin se indicó que le correspondía que se reconociera la autonomía y el poder de la Policía de la provincia de Río Negro para que se regule y sancione el tránsito dentro de su ejido, en el que se encuentran incluidos los tramos de las rutas nacionales. De cualquier manera, la demanda terminó siendo rechazada en primera y en segunda instancia.

 

Desde la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ratificaron la validez constitucional en relación a las facultades que tiene la ANSV con respecto al control y la autorización de cinemómetros que hay en las rutas nacionales. Al tiempo que se indicó que el municipio va a poder volver a solicitar que se realice una nueva autorización si se termina por ajustar a la normativa vigente.

 

Con respecto al fallo, se hizo hincapié en que la comuna no habría acreditado que las facultades otorgadas a la ANSV por la Ley 26.363 terminan vulnerando los derechos constitucionales de los locales, al tiempo que se destacó que la Municipalidad no cumplió con los requisitos relacionados al control y al funcionamiento pertinente de los radares.

 

Durante las inspecciones se detectaron certificados vencidos, se detectó la ausencia de los informes que se deben entregar de manera periódica, la deficiencias vinculada a la señalización y sobre el uso de un radar que había sido suspendido.

 

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