Miércoles 17 de abril 2024

Otra preocupación para Entre Ríos

Redacción 13/05/2008 - 01.20.hs

La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas rechazó "los textos del Artículo 17 que se procura incorporar a la Constitución de la Provincia de Entre Ríos", una norma que "pretende imponer a todo funcionario público la obligación de promover acciones judiciales contra quienes le imputen la comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones, dentro de los 45 días de conocido el hecho".
En un documento distribuido ayer, Adepa añadió que "el incumplimiento de semejante obligación será considerado causal suficiente para la remoción del funcionario y, de ser promovida la acción judicial, éste disfrutará los beneficios del proceso gratuito". Aunque la modificación parece "dirigida contra periodistas de investigación y ciudadanos que denuncien a través de la prensa la comisión de irregularidades por parte de funcionarios públicos" la entidad advierte que "también aspira a que los medios no difundan esa información ante la posibilidad de ser sancionados conforme a los artículos 113 y 114 del Código Penal".

 

"Coarta la libertad".
Adepa agrega que esta norma "destinada a coartar arbitrariamente el derecho a informar del ciudadano y el derecho a la información del pueblo, conculca la prohibición impuesta por el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y restablece la figura penal del desacato, calificada por el distinguido penalista Sebastián Soler como "el paraíso de los mandarines".
Advierte además que en el sistema penal argentino "la imputación de un delito en el ejercicio de la función pública a una autoridad, importa la lesión del derecho al honor y, en algunos casos, extensiva al derecho a la intimidad o privacidad". Esos derechos, "son personalísimos del eventual agraviado y en modo alguno el gobierno puede obligar al titular a ejercerlos". "Caso contrario -alerta Adepa-, el gobierno de turno quedará facultado para obligar a una persona, contra su voluntad, a defender su honor, privacidad o intimidad, lo que representa una inadmisible intromisión estatal en los fueros individuales de las personas".
Adepa también consideró "inadmisible fomentar la promoción de semejantes procesos judiciales otorgando al funcionario el beneficio de la gratuitidad, un privilegio propio del autoritarismo e inaceptable en una auténtica democracia constitucional donde los funcionarios están para servir al pueblo y no para servirse de él". Concluye Adepa que "la inserción de cláusulas de esta índole configura un grave retroceso institucional para la consolidación de nuestro sistema democrático, porque toda regulación destinada a restringir el derecho de crítica a los gobernantes no se compadece con los lineamientos progresistas".

 


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