Entre el debate y la defensa corporativa
En las últimas semanas se abrió un debate, uno de los pocos interesantes que hay por estos tiempos de campaña electoral, sobre la competencia de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas a la hora de auditar las escuelas hogar de la provincia. No es un tema menor: desde hace algunos meses se han sucedido varios casos de irregularidades en esos establecimientos y algunos de ellos llegaron a tener derivaciones judiciales.
En ese contexto, un dirigente socialista y candidato a diputado provincial, adelantó que presentaría un proyecto para ampliar las atribuciones de la FIA a fin de controlar las escuelas hogar. De inmediato, el gremio docente y el ministro de Educación salieron, curiosamente en coincidencia, a cuestionar la iniciativa. Desde el sindicato lo descalificaron porque, afirman, ya existe el Tribunal de Disciplina para cumplir con esa tarea. En tanto el funcionario dijo que se había "mediatizado" el tema y que ese tipo de noticias les hacía "mal a los alumnos".
Ambas posturas intentaron desviar el eje central de la discusión, en ambos casos con defensas de corte corporativo, como si los problemas de la educación y su debate debiera pasar solo por el ministerio y la representación gremial de los docentes. Debería recordarse que cuando se discutió la nueva Ley de Educación, aprobada hace un par de años, mereció un intenso debate en la Legislatura con participación de varios sectores de la comunidad.
El proyecto del candidato socialista debería ser apoyado por la sencilla razón de que contribuye a la transparencia en el ámbito de la educación pública y porque la FIA tiene innegables atribuciones para intervenir en cualquier ámbito del Estado, tal como lo contempla la ley que regula su actuación.
Según el artículo 6 de la Ley 1830, aprobada en el año 1998, el fiscal de Investigaciones Administrativas "deberá promover la investigación formal, legal y documentada de la conducta administrativa de los funcionarios y agentes, en ejercicio de sus funciones o en vinculación con las mismas, que pudieren constituir una irregularidad o ilícito de conformidad con las leyes vigentes". En el artículo siguiente, indica que "su competencia se extenderá a los agentes y funcionarios públicos en las esferas de: a) Los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, que no se encuentren sujetos a los procedimientos de Juicio Político o Tribunal de Enjuiciamiento; b) Las entidades descentralizadas y autárquicas; y c) Las empresas y sociedades propiedad del Estado Provincial, o controladas por éste, o aquéllas en las que tenga participación mayoritaria".
Como se puede apreciar, la ley es muy clara al señalar que FIA no sólo puede auditar a los directivos y docentes de los establecimientos, sino también a los no docentes, lo cual no puede hacer el Tribunal de Disciplina. Pero además, este último cuerpo está integrado por dos representantes del Poder Ejecutivo y uno de los docentes, circunstancia que lo inhabilita para investigar con el mismo grado de independencia que la FIA. En su respuesta al sindicato, el autor del proyecto, advirtió que la composición del TD ha desdibujado su función pues sus conclusiones muchas veces terminan siendo influídas por el poder político que tiene mayoría en su integración.
La iniciativa en discusión, lejos de atacar la tarea docente que en esos establecimientos es por demás meritoria y compleja, pretende dar herramientas para evitar situaciones conflictivas o investigarlas con mayor independencia. Las objeciones del ministro y del gremio docente poco tuvieron de aporte desinteresado al debate sobre la transparencia en la esfera pública y a la mejora de la calidad educativa. Constituyeron más bien una defensa corporativa en el marco de una discusión que los involucra, y sobre la cual no han sabido buscar una solución valedera.
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