Sabado 28 de junio 2025

Ratifican amnistía en Brasil

Redacción 30/04/2010 - 01.37.hs

El Supremo Tribunal Federal (STF, corte suprema) de Brasil ratificó ayer la vigencia de la Ley de Amnistía sancionada en 1979, durante la última dictadura, y denegó una demanda para revisar la norma y abrir investigaciones sobre violaciones de derechos humanos en ese período. La influyente Orden de Abogados de Brasil (OAB) había presentado una demanda reclamando que se declarara la inconstitucionalidad de la Ley de Amnistía, por entender que esta norma contradice tratados internacionales incorporados a la carta magna.

 

Posiciones.
Cinco magistrados votaron contra la reinterpretación de la ley y dos a favor de su revisión, mientras dos aún no se habían pronunciado, informó el diario O Estado de Sao Paulo en su sitio web y citó la agencia noticiosa italiana ANSA. La sesión del STF se inició el miércoles, cuando el relator del caso, el ministro Eros Grau, quien estuvo preso durante el régimen militar que se extendió entre 1964 y 1985, se pronunció a favor del mantenimiento de la vigencia de la Ley de Amnistía.
Ayer, al reanudarse las deliberaciones, la ministra Carmen Lucia se manifestó también a favor de la vigencia de la ley, sancionada en 1979 por el presidente de facto Joao Baptista de Figueiredo, al argumentar que ese norma "es fruto de un acuerdo" y "fue el primer paso formal resultado de la participación de la sociedad civil". En cambio, los jueces Ricardo Lewandowski y Carlos Aires Britto, se pronunciaron por la revisión de los alcances de la amnistía. Militantes de organizaciones humanitarias protestaron ante la sede del STF, en la Plaza de los Tres Poderes, en Brasilia, frente al Palacio del Planalto, sede presidencial.
El gobierno de Brasil se había pronunciado el miércoles contra la derogación de la Ley de Amnistía durante los alegatos del abogado general de la Unión, Luis Adams, y el procurador general de la República, Roberto Gugel, ante el STF. Adams sostuvo que la norma que permitió la apertura política y el regreso de los exiliados y los perseguidos políticos fue "un acto de clemencia".
Pocos días antes, la OAB había advertido en un comunicado que si el STF considerara -como sucedió- que la Ley de Amnistía debía seguir vigente, eso "significará el no cumplimiento de tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Brasil ante Naciones Unidas y con ello, la banalización de la tortura".

 

No hay acusados.
En otro comunicado divulgado el martes, un grupo de organizaciones sociales y profesionales había señalado que "esta decisión del Supremo es importante pues una derrota (de quienes sostenían la pertinencia de revisar la Ley de Amnistía) representará la no investigación de crímenes de lesa humanidad perpetrados en Brasil entre los años 1964 y 1985". "Los crímenes ocurridos durante la dictadura, como tortura, asesinato y desapariciones, son crímenes contra la humanidad y no pueden ser amnistiados", afirmaba esa nota, firmada por Tortura Nunca Más, Paz y Justicia, Movimiento Jueces por la Democracia, Movimiento Justicia y Derechos Humanos y la Comisión Familiares de Muertos y Desaparecidos Políticos, entre otras entidades.
Ningún acusado por torturas, secuestros, desapariciones y muertes durante la dictadura fue juzgado o sancionado. Brasil es objeto de un proceso en la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de los Estados Americanos por causa de las violaciones de derechos humanos contra 60 personas muertas y desaparecidas durante el combate de los militares al movimiento de la Guerrilla de Araguaia, en el estado de Pará, en los años 70. (Télam)

 


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