Viernes 17 de mayo 2024

La Cámara Nacional Electoral aclaró que son válidas las boletas de la primera vuelta

Redaccion Avances 17/11/2023 - 10.52.hs

La Cámara Nacional Electoral (CNE) aclaró que son válidas para votar en el balotaje del domingo las boletas que fueron oficializadas para la primera vuelta que se realizó el 22 de octubre, en la categoría de candidatos a Presidente y Vicepresidente de la Nación.

 

Del mismo modo, son válidas las boletas oficializadas para este domingo 19 "respetando el diseño y sin otra modificación", aclaró la CNE.

 

En tanto, explicaron que "no son válidas" las boletas que se utilizaron en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) que se disputaron el pasado 13 de agosto.

 

En el marco de la segunda vuelta que se disputará este domingo, los argentinos definirán al próximo Presidente y Vicepresidente de la Nación entre las fórmulas integradas por Sergio Massa-Agustín Rossi (Unión por la Patria) y Javier Milei-Victoria Villarruel (La Libertad Avanza).

 

Cuatro tipos de votos.

 

Los votos que emitan las y los ciudadanos en el balotaje presidencial del domingo pueden calificarse como válidos y nulos, dos categorías que contemplan, entre otras, las opciones "afirmativos", "en blanco", "recurridos" y "de identidad impugnada".

 

El Código Nacional Electoral establece que los tipos de votos válidos son los "afirmativos", que se emiten con boleta oficializada de una misma agrupación para todas las categorías o cuando para cada una de ellas se eligen boletas de fuerzas políticas diferentes.

 

El "voto en blanco" es legítimo y se lo considera así cuando el sobre está vacío o contiene un trozo de papel de cualquier color sin ninguna inscripción. Cuando falta un cuerpo de boleta correspondiente a una categoría, las autoridades de mesa solo lo toman "en blanco" para dicha categoría.

 

Por su parte, el voto nulo es el que se emite con una boleta no oficializada, con inscripciones, imágenes inadecuadas u objetos extraños en el sobre

 

El "voto recurrido", en tanto, es aquel cuya nulidad y validez es cuestionada por algún fiscal presente en la mesa y, en ese caso, se deberá fundamentar en un formulario especial con "expresión concreta de la causa".

 

También se toma como nulo cuando se hayan incluido boletas de distintas agrupaciones políticas para una misma categoría de cargos o se emita mediante una boleta oficializada que contiene inscripciones o leyendas de cualquier tipo.

 

Otro tipo de impugnación sucede cuando hay un "voto de identidad impugnada"; es decir, que la persona que vota no es la titular del documento que presenta. Esa consideración solo le cabe formularla al presidente de mesa o a los fiscales.

 

(Télam)

 

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