Lunes 28 de abril 2025

La Justicia aceptaría que nadie vaya preso

Redacción 06/12/2013 - 04.27.hs

La Cámara 1 admitió el procedimiento de juicio abreviado en la causa del derrumbe del gimnasio de Ataliva Roca. La sentencia, aceptando el arreglo de la fiscalía, se conocerá en no más de 15 días.
REDACCION
La Cámara en lo Criminal 1 declaró admisible el procedimiento de juicio abreviado en la causa penal por el derrumbe del polideportivo de Ataliva Roca, y así dio un paso clave para que los únicos dos imputados reciban condenas leves y no vayan a prisión. Ahora, en un plazo no mayor a 15 días, el tribunal dictará la sentencia que beneficiará al inspector del Ministerio de Obras Públicas, Juan Velázquez, y al responsable técnico de la constructora Sol Obras, Raúl Horacio Lechner.
La semana pasada, horas antes del inicio del juicio oral y público por fraude al Estado provincial, el fiscal Jorge Marcelo Amado negoció con los defensores de Velázquez y Lechner que admitieran la culpabilidad en la caída del gimnasio a cambio de asegurarles que no serán condenados a una pena de prisión efectiva. Como la Cámara 1 dirá que sí a la propuesta de juicio abreviado, ambos recibirán dos años de prisión en suspenso y inhabilitación perpetua.
¿Por qué el tribunal no rechazará el arreglo? Aducirá que en este caso no se dan ninguna de las dos causales previstas en el Código de Procedimiento Penal para rechazarlo. ¿Cuáles son esas causales? Que los jueces digan que necesitan tener un mejor conocimiento de los hechos o que discrepen fundadamente con la calificación legal en que esos hechos fueron encuadrados.
En el expediente Velázquez está imputado de fraude en perjuicio de la administración pública por administración fraudulenta como delito continuado, incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica; y Lechner, de fraude a la administración pública como delito continuado, en concurso ideal con falsedad ideológica.
Como los delitos concursan en forma real (un hecho único) se tiene en cuenta el que prevé la pena mayor, o sea el fraude al Estado. Por el arreglo alcanzado, la fiscalía aceptó darles a los imputados la sanción mínima que estipula esa figura en el Código Penal, a pesar de que en un juicio oral y público podrían haber sido condenados hasta con seis años de prisión. Un detalle: para Lechner esta será la segunda condena, ya que tiene una anterior -que terminó de cumplir el año pasado- también por defraudación a la administración pública.

 

Pagos por trabajos no hechos.
El polideportivo se derrumbó el 30 de enero de 2009 a raíz de un tornado, dejando en claro las graves falencias de construcción por parte de Sol Obras, una empresa que llegó a La Pampa en 2003 y se fue en 2007, coincidiendo en el tiempo con el mandato del gobernador Carlos Verna. Al irse dejó un tendal de deudas e incumplimientos, ya que abandonó trece contratos en ejecución por 23 millones de pesos y pidió su concurso en un tribunal de Capital Federal. El peritaje oficial incorporado a la causa no deja dudas sobre lo endeble de la obra. Allí puede leerse que se sustituyeron materiales "sin estar debidamente documentados", que se pagaron más caros materiales de menor precio, que se abonaron "trabajos no ejecutados", que hubo "graves deficiencias" en la ejecución del gimnasio y que se utilizaron materiales de "mala calidad". Además se deslizaron sospechas de "la existencia de connivencia" entre Velázquez, y "personal de la empresa para defraudar al Estado".
En este caso, los documentos adulterados habrían sido los certificados parciales que Sol Obras cobró, con el visado del inspector, por tareas que no había realizado. El caso más emblemático fue el de las tribunas, que se pagaron y no se hicieron. El juez Carlos Besi, en el auto de procesamiento a Velázquez y Lechner, llegó a decir que "introdujeron en los certificados trabajos realizados que no estaban hechos, como las gradas".
El magistrado también detalló que hubo "certificados y pagos por trabajos de calidad y cantidad" diferentes a los contratados y que "el contratista (por la constructora) es el 100 por ciento responsable" de lo ocurrido "porque conocía las condiciones" contractuales.
El polideportivo había sido inaugurado en septiembre de 2007 y su construcción costó algo más de 1.800.000 pesos. Cuando se desplomó, el gobierno provincial tuvo que llamar a otra licitación y volver a adjudicar la obra por 2.200.000 pesos.

 

Un proyecto ignorado.
Un proyecto que reposa desde hace años en la Legislatura provincial promueve una reforma al Código Procesal Penal de nuestra provincia que evita que los funcionarios públicos puedan acceder al beneficio del juicio abreviado.
La propuesta fue elaborada y presentada en el año 2009 por el diputado Martín Berhongaray. Promovía incorporar a la redacción del actual artículo 378 -entonces era el 406- un párrafo que dijera "No procederá el juicio abreviado cuando un funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, hubiese participado en el delito".
Al fundamentar su propuesta, Berhongaray señaló que, como hace a la esencia del juicio abreviado el "no reconocimiento de los hechos contenidos en la acusación y tampoco hay admisión de culpabilidad", en aquellos casos en que se investigan delitos cometidos por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones "debe primar el interés general de que la sentencia que se dicte se encuentre fundada en un análisis integral y exhaustivo de los elementos convictivos incorporados al proceso". Este interés "solo lo garantiza el desarrollo de un juicio oral y público", que es precisamente lo que suplanta el juicio abreviado.
"En tales supuestos -abundó- la investigación debe ser completa y suficiente, debe agotar todas las aristas del caso al punto que lo contrario puede comportar un grave incumplimiento funcional".

 


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