El desembarco de Clarín: un escándalo flojo de papeles
La presentación de Clarín para cablear la ciudad no presenta papeles de la empresa, no cumple la ley de Obras Públicas, omite que se está haciendo sin autorización, sin representante técnico y sin visado, pero igual se elevó al CD. ¿Por qué?
Un análisis de la presentación de Clarín al municipio para cablear la ciudad y desembarcar como un operador en busca de su monopolio perdido, revela que tiene tantas omisiones e irregularidades que sería inadmisible para cualquier particular que lo intentara. El abogado municipal Maximiliano Cheli lo advirtió pero igual recomendó su elevación al Concejo Deliberante de Santa Rosa. ¿Por qué?
En primer lugar no se dice allí cuál es el área actual donde Telefónica presta servicios. Eso le permite ocultar bajo el eufemismo de "renovación de redes", la ampliación ilegal de su área de cobertura autorizada a la empresa española que hoy controla Clarín.
El dictamen de Cheli, que está a cargo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la comuna, se "come" esa maniobra que consiste en naturalizar, en contra de todas las evidencias, que la empresa está ampliando la red y colocando nuevos postes. "La interesada Telefónica Móviles de Argentina S.A. presenta nota a los fines de solicitar la autorización para renovación tecnológica de las redes telefónicas dentro de la ciudad, con la finalidad de proveer servicios de comunicaciones a través de fibra óptica a los vecinos de Santa Rosa. En ese sentido, indican que la conexión de fibra óptica consiste en el tendido de cables de FO sobre posteado existente (!), necesitando realizada la colocación de postes nuevos y el reemplazo de postes en mal estado".
El colmo del "descuido" del informe jurídico municipal -al que tuvo acceso LA ARENA- se da cuando la empresa especifica el área de "renovación" de redes, sin dar cuenta si ese área es la autorizada a Telefónica o si incorpora nuevas. Lo cual es evidente porque, de acuerdo al pedido, el área que van a "renovar" es toda la ciudad:
Zonas.
El pedido de Clarín-Telefónica incluye tres zonas: "Zona 1: Av. Uruguay - Av. Luro - calle Ignacio García - Niñas de Ayohuma; Zona 2: Av. Uruguay -Av. Luro - Siete Colores - Pedro Bertón; Zona 3: Av. Luro - Santa Teresa - Niotti - Av. Circunvalación Ing. Marzo". O sea, toda la ciudad prácticamente. Sin ninguna documentación que respalde que en esa zona estaba autorizada en la resolución originaria de Telefónica que ahora Clarín dice ser la "heredera". Pero sin pruebas. Veamos.
El abogado municipal advierte que Clarín no presenta ningún papel de su titularidad en la empresa Telefónica y del cambio de manos de la firma. (Hay que recordar que el traspaso es objetado actualmente por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia porque significa darle a un solo operador el 80 % del mercado de las telecomunicaciones del país lo que crearía un monopolio ilegal e inaceptable para el funcionamiento del sistema de medios en una república democrática).
El asesor jurídico de la municipalidad lo dice con claridad en su informe, pese a que luego recomienda su elevación al Concejo. Esto es, el abogado municipal dice que la presentación está floja de papeles pero le da vía libre para que entre al CD. Inexplicable conclusión.
"En primer lugar -advierte la Dirección de Asuntos Jurídicos municipal- es dable remarcar que no surge de la documentación aportada la acreditación de la sociedad como tal, no obra el Estatuto Constitutivo ni sus reformas (si existieron fusiones, escisiones, transformaciones, etc.) ni la registración o actos jurídicos o administrativos que acrediten las inscripciones de las reformas o modificaciones estatutarias o aprobaciones de fusiones, como así tampoco se ha aportado el listado de las autoridades vigentes elegidas conforme los procedimientos societarios, documentación que deberá aportar la interesada previo a otorgarse cualquier autorización y sin perjuicio de lo que se establezca en forma particular conforme lo que se indicará infra".
"Tampoco ha presentado la interesada -añade el asesor jurídico del intendente- la designación de un responsable técnico y el proyecto carece del correspondiente visado por parte del Consejo Profesional de Ingeniería y Arquitectura de la Provincia de La Pampa".
Espacio aéreo.
En este orden de cosas debe también decirse que, el hecho de incorporar nuevos postes implica efectuar una obra pública en el espacio público e invadir el espacio aéreo por parte de la prestadora del servicio público utilizando bienes de dominio público municipal -calles, veredas, espacio aéreo municipal, subsuelo, etc, donde se asientan los bienes afectados al servicio que también serán del dominio público por imperio del art. 235 inciso f) del Código Civil y Comercial de la Nación. Es por ello que, la colocación de nuevos postes o columnas, conforme lo establece el articulo 102, Apartado I), inciso a), de la Ley N° 1597 implicará la realización de una obra pública destinada a satisfacer necesidades generales y comunes de la población garantizando el derecho humano a las comunicaciones y a las telecomunicaciones.
O sea, advierten que todo el proyecto es una obra pública que se está llevando a cabo sin autorización y violando la ley provincial de Obras Públicas, sin papeles que certifiquen la titularidad de la firma, sin representante técnico y, por si algo faltara, sin visado del Consejo Profesional respectivo.
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