Sabado 05 de julio 2025

El TIP confirmó prisión para abusador de niña

Redaccion Avances 29/10/2024 - 16.24.hs

(Victorica) - Un hombre, identificado por la Justicia como R.D.M., fue condenado a seis años de prisión por el  “abuso sexual con acceso carnal” a una niña de 9 años. En abril el juez Carlos Pellegrino se basó en la investigación del Fiscal Enzo Rangone para aplicarle ésa condena. Sin embargo, la defensora oficial, Soledad Trímboli acudió al Tribunal de Impugnación Penal aduciendo “beneficio de la duda”, acción que fue desestimada.

 

Desde el área del Ministerio Público Fiscal de la Cuarta Circunscripción, informaron que el Tribunal de Impugnación Penal de La Pampa confirmó hoy la sentencia de seis años de prisión contra R. D. M. por abuso sexual con acceso carnal en un contexto de violencia de género. La decisión fue tomada por la Sala "A" del Tribunal, integrada por los jueces Mauricio Piombi y Gabriel Tedín, quienes rechazaron el recurso de impugnación interpuesto por la Defensa.

 

La investigación estuvo a cargo del fiscal Enzo Rangone, de la IV Circunscripción Judicial del Ministerio Público Fiscal cuando en agosto de 2023 se recibió la denuncia de abuso que fue caratulada “Abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal agravado”.

 

 La condena original, dictada en abril por el juez Carlos Pellegrino, determinó que el condenado era responsable de abusar de la niña cuando esta tenía nueve años, aprovechando la confianza derivada de su relación familiar. La Defensa – a cargo de la defensora oficial Soledad Trímboli - había argumentado una errónea valoración de la prueba, solicitando la absolución bajo el principio de "in dubio pro reo" (en caso de duda, a favor del acusado).

 

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación mantuvo el fallo inicial, respaldando la tarea del Fiscal Rangone y atento a la credibilidad del testimonio de la víctima y los informes psicológicos que corroboran el daño emocional causado.

 

Los jueces destacaron la importancia de analizar este tipo de casos con perspectiva de género y teniendo en cuenta el interés superior del niño, considerando además los estándares nacionales e internacionales en protección de menores y violencia de género. “Éstas condiciones de vulnerabilidad merecen una especial protección por parte de los organismos estatales, por lo que debe ponerse de relieve que hecho debe ser analizado con perspectiva de género y observándose el interés superior del niño, teniendo especial consideración en las previsiones que han efectuado tanto la legislación nacional como supra nacional al respecto”, concluyó el informe judicial .

 

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