Entró el proyecto de recategorizaciones para municipales de Santa Rosa
El intendente Luciano di Nápoli envió al Concejo Deliberante de Santa Rosa el proyecto de ordenanza para establecer un Sistema de Recategorizaciones para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública Municipal de Santa Rosa.
El proyecto nace de una iniciativa de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN), debatida junto a otros gremios estatales y con el fin de adecuarse a la Ley Provincial N° 3609, sancionada en abril de 2025, que prevé la recategorización de los agentes permanentes pertenecientes a Administración Pública Provincial.
El proyecto se ajusta a dicha ley "en cuanto a la necesidad de actualizar y armonizar los derechos de los y las trabajadores y trabajadoras municipales con los/as trabajadores/as provinciales, fortaleciendo la coherencia de los sistemas jurídico-laborales que conviven en una misma provincia", según se explicita en el texto ingresado al CD, al que tuvo acceso LA ARENA.
El proyecto de ordenanza toma como antecedentes el anteproyecto de UPCN, y solicitudes sobre la recategorización automática presentadas por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM) y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
"Resulta necesario sancionar un nuevo régimen de recategorización automática que, tomando como base la normativa vigente, actualice los plazos de cómputo de la antigüedad y garantice el derecho de las trabajadoras y los trabajadores municipales de planta permanente al progreso de la carrera administrativa", agrega.
El proyecto establece que todo el personal permanente de la Administración Pública Municipal, excepto aquellos comprendidos en estatutos o regímenes especiales, "será promovido automáticamente a la categoría que corresponda de acuerdo con las normas de la presente Ordenanza, siempre que cumpla con el requisito de antigüedad mínima que se establece y hasta el máximo de la categoría SIETE (7) inclusive, de cada Rama", especifica el texto. La norma excluiría a los agentes que revistan bajo el Convenio Colectivo de Trabajo N° 57/75-
Se asignará una categoría por cada tres años de antigüedad. "A los fines del cómputo de la antigüedad, se considerará como UN (1) año la fracción de SEIS (6) meses o mayor", detalla.
Se computará la antigüedad total del agente a contar desde la fecha de su ingreso en el escalafón que revista actualmente en la Administración Pública Municipal y hasta el 30 de Junio de 2024 inclusive.
"Si el agente revistiera en una categoría igual o superior a la obtenida mediante el cálculo indicado en el inciso anterior, la conservará, si revistiera en una categoría inferior, se promoverá automáticamente a la categoría resultante del calculo efectuado en función de su antigüedad general y procedimiento previsto en esta Ordenanza", continúa.
"Si en el periodo Junio de 2014 a Junio de 2024, el agente registrara una sanción de suspensión por más de QUINCE (15) días no tendrá derecho al régimen de promoción que se establece en la presente Ordenanza, se registrara hasta QUINCE (15) días, por cada TRES (3) días de suspensión se descontará UN (1) año del total de antigüedad computada. En caso de sanciones disciplinarias no resueltas la promoción automática quedara suspendida hasta tanto se resuelva el sumario administrativo respectivo".
En el caso de agentes que fueron contratados y luego ingresaron a la planta permanente, "se computará la antigüedad a partir del comienzo de vigencia del contrato más remoto respecto del cual haya existido relación laboral ininterrumpida. Como categoría legal de ingreso se considerara a la que hubiera correspondido si el agente, en lugar de ser contratado hubiese sido incorporado como permanente".
Para agentes bajo el régimen laboral de la Ordenanza 4168/2010, se tomará la fecha de incorporación a la Ley Provincial 643. Para agentes incluidos en el Anexo I de la Ordenanza 3723/2007 que se encuentren actualmente en planta permanente, se les computará la antigüedad a partir de la fecha de inicio del beneficio de los distintos planes de empleo que pudieran corresponder y que se extendieran ininterrumpidamente hasta su efectivo pase a planta permanente.
Los ascensos que correspondan se otorgarían con vigencia a partir del 1º de febrero de 2026. Estos deberán resolverse y efectivizarse dentro de los 270 días corridos a partir de la promulgación de la Ordenanza.
La Secretaria de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de Santa Rosa será la encargada de aplicar esta normativa, una vez aprobada.
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