Glaciares: histórico amparo contra la reforma
Tres organizaciones ambientalistas de alcance nacional e internacional se presentaron al Juzgado Federal de Santa Rosa para pedir la inconstitucionalidad de la reforma de la Ley de Glaciares a través de un recurso de amparo. La noticia fue celebrada en la provincia. “Desde La Pampa hicimos punta”, le manifestaron a este diario desde el Centro Cívico.
La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la Asociación Argentina de Abogados/as Ambientalistas (Aadeaa) y Greenpeace Argentina pidieron que se suspenda en todo el territorio nacional la aplicación e implementación de la ley que debilita la protección de los glaciares y del ambiente periglaciar. “Hasta que se resuelva la cuestión de fondo, debe seguir vigente la Ley 26.639/2010”, aseguraron.
Así lo informó ayer el matutino porteño Página 12, en cuya crónica se destacó el récord de participación para una acción colectiva. La cautelar solicita la inconstitucionalidad de la reforma y pide que el tribunal federal en La Pampa frene su aplicación. Se trata de una medida similar a la que antes presentaron el gobierno pampeano junto a la Universidad Nacional de La Pampa, la Fundación Chadileuvú y la Asamblea por los Ríos Pampeanos.
La presentación de Greenpeace y las otras dos ONGs contó con la adhesión de más de 850 mil personas, que de ese modo denuncian la inconstitucionalidad de la reforma y solicitan una medida cautelar para proteger el agua.
Provincias.
Como se informó hace más de un mes, en ocasión del tratamiento de la normativa en el Congreso, la reforma permite que las provincias definan qué áreas tienen un valor hídrico relevante y modifiquen el inventario del Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Iangla), realizado por científicos, según dispongan, sin necesidad de justificar su decisión con una mirada técnica.
En este punto, las organizaciones marcan una falacia en la ley: “está comprobado que todos los glaciares y ambientes periglaciales tienen un valor hídrico por ser reservas estratégicas de agua dulce al estar conformados por ella”. Para La Pampa, que cada provincia cordillerana decida por sí misma implica que Mendoza pueda definir inconsultamente si se explota o no la zona donde nace, por ejemplo, el río Colorado, algo inaceptable dada la experiencia de lo ocurrido anteriormente con el río Atuel.
Con la flexibilización de la protección, se podrían habilitar más emprendimientos extractivos en zonas que, con una mirada técnica, no estaban habilitadas para la explotación, explicó el artículo del diario P/12. “Actividades como la minería implican riesgos de contaminación y alteración física que pueden afectar de forma irreversible estas reservas. En regiones donde el agua es escasa, estos riesgos son incompatibles con la seguridad hídrica”, las ONGs.
Agua en riesgo.
Resaltaron, además, que los glaciares abastecen a más de siete millones de argentinos de forma directa y sostienen actividades productivas provinciales. “Debilitar su protección compromete no solo el ambiente, sino también el desarrollo del país a mediano y largo plazo”, alegaron.
Andrés Nápoli, director ejecutivo de la FARN, aclaró: “Esta reforma viola el piso mínimo de protección ambiental que debe fijar el Congreso según lo que establece la Constitución Nacional. Si bien hoy las provincias son las titulares de los recursos naturales, no pueden disponer de ellos a cualquier costo porque el Congreso tiene la facultad de dictar el piso mínimo de protección”. Además, sostuvo que aparte de los impactos ambientales, “la reforma compromete seriamente la credibilidad internacional del país, porque contradice compromisos asumidos por la Argentina, como el Acuerdo de Escazú, que consagra el principio de no regresión en materia ambiental, y el acuerdo con la Unión Europea, que prohíbe bajar estándares para atraer inversiones extranjeras”.
Para la presentación, las organizaciones se enmarcaron en el artículo 41 de la Constitución Nacional, que reconoce el derecho a un ambiente sano y a la defensa colectiva de los derechos ambientales.
Proceso legislativo.
Las ONGs también cuestionaron el proceso legislativo en el que se aprobó la Reforma, al que consideraron “profundamente viciado”, ya que se les negó la participación a más de cien mil personas inscriptas en una audiencia pública convocada por comisiones de la Cámara de Diputados, incumpliendo así con la participación amplia, integral e inclusiva que exige el Acuerdo de Escazú. Ni siquiera el 0,2% de las personas anotadas pudo participar oralmente.
Esto mismo había sido cuestionado hace un mes en la Cámara Alta por el senador Daniel Bensusán el día que la nueva ley recibió la media sanción que faltaba. De hecho, los ambientalistas que llevaron el segundo amparo al juzgado santarroseño manifestaron a P/12 que La Pampa es “una de las provincias que se encuentran directamente afectadas por la modificación, ya que recibe agua de cuencas que nacen en las provincias de San Juan y Mendoza, donde proyectos mineros se disputan áreas glaciares y periglaciares para desarrollar su actividad”.
El artículo también reflejó la opinión de Diego Salas, director de Programas de Greenpeace Argentina. “Esta demanda representa un hito de participación ciudadana: más de 850 mil personas de todo el país se han unido en esta defensa histórica de los glaciares. Es un mensaje fuerte y claro: la sociedad no permitirá una reforma que ponga en riesgo las reservas de agua dulce de Argentina”, dijo.
Junto a las tres entidades mencionadas, el amparo cuenta con las adhesiones de Marta Maffei, autora de la ley original de glaciares y asambleas ambientalistas locales como “Jáchal no se toca”; “Santa Cruz por el Agua”; “el Paraná no se toca” y asociaciones civiles de derechos humanos como Amnistía Internacional, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Círculo de Políticas Ambientales.
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