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Miércoles 06 de mayo 2026

Más ajuste: Nación quiere borrar el subsidio al gas

Redacción 06/05/2026 - 00.08.hs

Mientras los pampeanos se preparan para la anunciada baja de la temperatura desde el fin de semana, en el Gobierno nacional buscan que utilizar los calefactores sea mucho más caro: un proyecto de ley del presidente Javier Milei apunta a eliminar el subsidio al gas que está vigente para “zonas frías”, es decir para las provincias patagónicas, entre ellas La Pampa.

 

El proyecto ya fue enviado al Congreso por la Casa Rosada y por eso se encendieron las alarmas en el gobierno provincial, que a través de los diputados nacionales pampeanos del PJ conocieron más detalles de la iniciativa.

 

“El proyecto de ley propicia la readecuación del régimen de subsidios a los consumos residenciales de gas natural en zonas frías, la regularización de obligaciones del Mercado Eléctrico Mayorista y la derogación de regímenes de acceso a divisas y de promoción de inversión para la explotación de hidrocarburos; ello con el objeto de sostener la política económica de reducción del déficit fiscal, normalización financiera del sistema energético, ordenamiento de las cuentas públicas y continuidad en las condiciones para el acceso y la utilización de fuentes de energías renovables”, dice el texto enviado por la Presidencia y con la firma del ministro de Economía, Luis Caputo; y del cuestionado jefe de Gabinete, Manuel Adorni.

 

Desde el Ejecutivo pampeano, en tanto, remarcaron que en la discusión por el Presupuesto de este año, “se logró sacar ese intento que hicieron de eliminar el subsidio, pero ahora quitan la garantía del 50 por ciento de reducción del costo, que quedará a determinación de Nación”.

 

El proyecto de Milei remarca que el régimen de subsidios “fue creado cuando Gas del Estado prestaba los servicios de distribución de gas natural y el régimen de zona fría consistía en el establecimiento de ‘tarifas diferenciales’, equivalente al 50 % de la ‘tarifa plena’ con alcance geográficamente focalizado en la Región Patagónica, el Departamento Malargüe de la Provincia de Mendoza y la Región de la Puna, y fue financiado con fondos del Tesoro Nacional hasta el año 2002”.

 

En ese momento -añaden- “se creó el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas, concebido como instrumento excepcional, geográficamente focalizado y financiado con un recargo específico aplicado al consumo nacional de gas en el territorio nacional. La posterior ampliación territorial dispuesta por la Ley de Ampliación del Régimen de Zona Fría N° 27.637 extendió el beneficio a regiones sin condiciones climáticas equivalentes, incrementando significativamente el universo de beneficiarios, el costo fiscal del régimen y la magnitud de subsidios cruzados entre jurisdicciones, desnaturalizando el carácter focalizado del sistema”.

 

Recargo.

 

El mencionado Fondo que lo sostiene no depende de recursos estatales directos sino que todos los usuarios de gas natural por redes pagan un recargo adicional en sus facturas para alimentar el esquema de descuentos. La ley actual otorga un descuento general del 30% en el valor del gas para hogares incluidos en zonas frías, que sube al 50% para quienes tienen planes sociales o forman parte de instituciones de bien público.

 

Para argumentar el proyecto, desde Nación se enfatizó que “en atención a que el Fondo referido se financia con cargos aplicados a la totalidad de los usuarios del país, corresponde asegurar que su aplicación se limite a hogares ubicados en zonas de efectiva severidad climática, conforme a principios de equidad, uso eficiente de los recursos públicos y responsabilidad fiscal. A efectos de dotar de consistencia al régimen, corresponde establecer que la compensación se calcule exclusivamente sobre el precio del gas, eliminando el desacople entre la base de recaudación del Fondo y la obligación de pago, y disponer, en consecuencia, la compensación directa a los proveedores, excluyendo a distribuidoras y subdistribuidoras de la cadena de pagos”.

 

Y agregan: “No obstante, se considera necesario continuar subsidiando a aquellos hogares económicamente más vulnerables que residan en las zonas contempladas en la Ley de Ampliación del Régimen de Zona Fría N° 27.637”.

 

Provincias.

 

Respecto de los sistemas eléctricos provinciales, desde la Rosada aseguran que “cada jurisdicción local estableció su propia dinámica en materia tarifaria conforme las atribuciones inherentes a su poder jurisdiccional, a través de diferentes normas provinciales. Por consiguiente, la previsión respecto del servicio público de distribución bajo jurisdicción local no implica el reconocimiento

 

de responsabilidad alguna por parte del Estado nacional respecto de la situación de las distribuidoras locales en el marco de la emergencia pública declarada”.

 

Y agregan: “Ciertamente, el Estado nacional tiene facultades para regular las actividades de distribución de electricidad de jurisdicción nacional, y la norma proyectada propone la creación de un mecanismo para que las autoridades provinciales y municipales puedan evaluar el reconocimiento, en caso de corresponder, de eventuales compensaciones a favor de las distribuidoras locales, aclarando que esto último no se trata de una contingencia del gobierno nacional sino de los gobiernos locales, en su carácter de autoridades competentes para regular las actividades de distribuidoras de jurisdicción local a través del derecho público local”.

 

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