Habilitan caza deportiva con canes
A través de la Disposición N° 29, con fecha del 28 de enero, la Subsecretaria de Asuntos Agrarios habilitó en La Pampa la temporada de Caza Deportiva Mayor de Jabalí para el año 2025, en su modalidad de Caza Deportiva Mayor con Perros. La misma solo podrá ser realizada en campos de caza deportiva registrados y en cotos de caza.
La normativa establece que "para la obtención del Permiso de caza deportiva mayor de jabalí con perros se deberá: Presentar Documento Nacional de Identidad; No registrar multas pendientes de cumplimento por infracciones a la Ley Nº 1194; Presentar comprobante de pago de la tasa establecida por Ley Impositiva vigente correspondiente al Permiso de Caza Deportiva Mayor de Jabalí que corresponda por residencia del Cazador solicitante, establecido por Ley Impositiva vigente bajo Códigos 630 y 633, respectivamente, sólo para cazadores residentes en La Pampa o que residan en alguna de las Provincias que conforman el territorio nacional argentino".
En el caso de los acompañantes, se precisa que son aquellas personas mayores de 18 años que "sin practicar la actividad forme parte de un grupo y se desplace en un mismo vehículo que un cazador habilitado". Tienen que contar con el permiso y no podrán transportar armas de fuego a su nombre y/o elementos de caza".
Para obtener el permiso, debe presentar DNI, no registrar multas pendientes y presentar el comprobante de pago de la tasa establecida por ley. "La Gestión de los respectivos permisos se realizará de forma digital a través de la Plataforma de Gestión de Trámites de la Dirección General de Recursos Naturales, revistiendo los mismos carácter de personales e intransferibles", detalla la normativa.
El período de caza, sin límite de piezas por cazador, es el siguiente: jabalí macho desde el 1º de marzo al 30 de noviembre, y hembra del 1º de marzo al 15 de septiembre.
Dos o más.
La Disposición precisa que "se considerará Caza Deportiva con Perros al conjunto de más de 2 canes. El traslado de los perros de caza a los fines de la caza deportiva mayor de jabalí se podrá realizar con hasta 8 canes por jornada cinegética. El cazador deberá contar al momento de serle requerido: Permiso de Caza Deportiva exclusivo para la Caza Deportiva Mayor de Jabalí con Perros; Autorización de dueño de campo/ocupante legal para la caza deportiva en su predio exclusiva para la caza mayor de jabalí con perros".
"Ante la comisión de una infracción dicha autorización se invalidará a través de la Plataforma de Gestión de Trámites, en carácter provisorio o definitivo, según corresponda, imposibilitándose la gestión de nuevas autorizaciones hasta tanto regularice su situación. Su vigencia se podrá verificar a través del Código QR que contiene la misma", advierte.
También deberá contar con la libreta sanitaria de cada can, aprobada por el Colegio Médico Veterinario de La Pampa o expedida por un Colegio Médico Veterinario asociado a algunas de las instituciones que nuclean los mismos. "La misma deberá completarse con los datos del can, la foto del mismo, número de identificación electrónica, los datos del titular responsable y vacunación antirrábica vigente", amplía y aclara que "la permanencia de canes en caminos o calles públicas o en predio diferente al autorizado implicará infracción a la Ley Nº 1194 y su reglamentación pasible de sanción".
Traslado.
Para el traslado de los canes, la normativa indica que el vehículo "deberá poseer caja cerrada en los laterales y techo o ser trasladados los canes en jaulas, de tal forma que los canes no podrán salir de los rodados sin ayuda externa. No podrán trasladarse los canes en baúles, habitáculos de vehículos y/o carros, y podrán trasladarse sueltos en la caja del vehículo".
Para circular con los trofeos y productos de caza, se exigirá el permiso de caza exclusivo y la autorización del dueño del establecimiento rural donde se haya practicado la actividad. Cuando se requiera transportarlos fuera de la provincia, "el cazador deberá gestionar la correspondiente Guía Única de Tránsito para el transporte interjurisdiccional".
Temporada de pesca.
El Gobierno provincial también habilitó la temporada de pesca deportiva en la provincia de La Pampa. "Solo podrá ser realizada en ambientes acuáticos de uso público y en ambientes acuáticos privados cuyos establecimientos se encuentren registrados", precisa la normativa.
Por otro lado, mantuvo vigente el Registro de Campos de Pesca Deportiva en el ámbito de la Dirección General de Recursos Naturales.
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