Sabado 20 de abril 2024

Inician demanda por “responsabilidad objetiva”

Redacción 22/02/2023 - 08.02.hs

Un vecino reclama resarcimiento por el daño sufrido en un siniestro vial. Si bien la causa penal no pudo determinar cuál de los conductores cometió la imprudencia, el pedido se basa en la figura de “responsabilidad objetiva”.

 

Aquella medianoche del sábado 28 de septiembre de 2019, el vecino circulaba por la calle Roque Sáenz Peña a bordo de una motocicleta Zanella 110 CB conducida por un amigo. Había buena visibilidad y una leve llovizna humedecía el asfalto. A llegar a la esquina de Juan B. Alberdi colisionaron contra un utilitario Peugeot Partner. Es un cruce semaforizado pero nunca logró establecerse cuál de los vehículos pasó en rojo

 

Aunque portaba casco protector, el demandante resultó gravemente perjudicado por el incidente. Sufrió fracturas en una pierna y el torso, además de un tremendo traumatismo con hundimiento de cráneo y pérdida de masa encefálica. Diez meses después le colocaron una placa de titanio de 20 centímetros y, aunque pasaron tres años, sigue padeciendo las consecuencias: el incidente le provocó pérdida parcial de visión en un ojo y le dejó una incapacidad laboral superior al 50 por ciento, que le impide seguir desarrollando su tarea como chofer del Ministerio de Educación. Soporta jaquecas y mareos permanentes y una pericia médica determinó que padece “desorden mental orgánico postraumático, de moderado a grave”.

 

Versiones contradictorias.

 

Unos 40 días después del choque, el 7 de noviembre de 2019, el demandante declaró como testigo ante la fiscal Cecilia Martiní: “Nnosotros cruzamos en verde y la camioneta venía a altísima velocidad”, dijo. Ocho meses más tarde, el conductor del utilitario fue convocado en condición de imputado: negó esa versión y relató que “venía despacio, esperando que la luz del semáforo se pusiera verde, y cuando estaba cruzando me chocó la moto, que venía a alta velocidad”.

 

El informe de la Agencia de Investigación Científica (AIC) no halló rastros de frenado en esa esquina y determinó que ninguno de los vehículos superaba los 30 kilómetros por hora. En las inmediaciones no había cámaras que pudieran registrar el accidente, tampoco se encontraron testigos, y la causa penal por el siniestro fue archivada el 21 de julio de 2020. Martiní explicó que “no pudo determinarse mediante testigos independientes ni prueba objetiva quién de los dos cruzó en rojo, sumado a que el conductor de la camioneta arrojó resultado negativo al test de alcoholemia, prueba que no pudo realizarse al conductor de la moto porque se retiró del lugar luego del siniestro”.

 

“Responsabilidad objetiva”.

 

El demandante tiene 42 años, está casado y tiene tres hijos. Hace algunos meses inició una acción judicial contra el conductor del utilitario y la compañía aseguradora, en un Juzgado Civil, en la que reclama un resarcimiento por los daños sufridos, pérdida de chance (ya no cobra horas extra ni viáticos) y daño moral.

 

Patrocinado por un estudio de abogados, basó su reclamo en la “responsabilidad objetiva”, un concepto incorporado al nuevo Código Civil que tiene como fin la protección de la “persona” y concentra su mirada en el damnificado. Esta figura busca proteger a los ciudadanos perjudicados por actividades que entrañan algún riesgo, aunque su autor no haya incurrido en culpa alguna. Por ejemplo, si la caída de una rama produce daño a una persona que pasa debajo, podría aplicarse la “responsabilidad objetiva” al dueño del árbol, aunque éste hubiera mantenido los recaudos correspondientes, podándolo con frecuencia. En caso de accidentes de tránsito que provocan lesiones, puede aplicarse la “responsabilidad objetiva” más allá del comportamiento de quienes conducían los vehículos.

 

“La otra parte ya contestó la demanda, se resolvió citar al conductor de la moto como tercero y la causa debería abrirse a prueba en las próximas semanas. Los daños se encuentran acreditados: el demandante atravesó varias intervenciones quirúrgicas, psiquiátricas y psicológicas, tuvo que realizar una prolongada rehabilitación y una pericia enumeró las graves secuelas” dejadas por el siniestro, explicaron sus letrados.

 

El demandante recordó que tras el accidente anduvo “varios meses en silla de ruedas y después con muletas. Nunca podré volver a trabajar como chofer, todavía estoy en tratamiento psiquiátrico por el trauma y mi salario se redujo a la mitad”, lamentó.

 

De todos modos, en diálogo con LA ARENA celebró que “después de un largo raid por distintos estudios, encontré abogados que me dieron alguna expectativa de recibir resarcimiento, a pesar de que se haya arruinado la causa penal por falta de pruebas”. Y se mostró esperanzado de que “este tipo de demanda civil basada en la responsabilidad objetiva, pueda ser utilizada por las personas que padecen lesiones en accidentes o daños por causas fortuitas, para resarcirlas del daño sufrido”.

 

' '

¿Querés recibir notificaciones de alertas?