Medicamentos: Sturzenegger “vende humo” con anuncio de importación
La intención del Gobierno nacional de desentenderse y liberar la importación de medicamentos por parte de las provincias es mirada con preocupación en La Pampa. Tras los primeros análisis que hicieron las autoridades locales, entienden que es "vender humo" y que en principio sería ilegal, además de poner seriamente en riesgo a la salud de la población.
En los últimos días, medios nacionales se hicieron eco de las declaraciones del ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien a través de sus redes sociales anunció que las provincias podrán importar medicamentos sin necesidad de tener una autorización nacional. Esto fue a raíz de un pedido que hizo el gobernador mendocino, Alfredo Cornejo, quien pretende importar medicamentos de la India.
En ese marco, este diario consultó a diversas fuentes de Casa de Gobierno, quienes explicaron que la situación comenzó a analizarse con diversos informes de especialistas, como el caso de la economista Sonia Tarragona, quien ocupó el cargo de jefa de gabinete durante la gestión de Carla Vizotti en la cartera de Salud.
"Lo de Sturzenegger es muy flojito, no tiene asidero. La intención es bajar el precio de los medicamentos, algo que es razonable, pero el planteo es equivocado. No es el camino", comentaron las fuentes consultadas.
“Parece que es bastante vende-humo. Es difícil comprar y que pase por el Anmat, y no es tan simple como lo plantean”, añadieron.
Aproximaciones.
En principio, en la Provincia están analizando varios aspectos sobre la visión "descentralizadora" que plantea Milei, permitiendo que las provincias adquieran mayor autonomía en la gestión de la Salud, incluyendo la importación de medicamentos sin la intervención del Ministerio de Salud de la Nación. Uno de ellos es que habría una inconsistencia legal con la Ley Nº 16463 y su Decreto Reglamentario Nº 9763, que establece el control para garantizar seguridad y eficacia de los medicamentos.
En la normativa citada se precisa en el artículo 2º que la importación, exportación, producción, elaboración, comercialización y almacenamiento de medicamentos no podrá realizarse sin autorización ni supervisión del Ministerio de Salud. Es aquí donde aparece la primera "contradicción" con la idea de que las provincias importen sin previa autorización de Nación.
El artículo 12º establece que el Ejecutivo nacional dictará las normas reglamentarias para la importación, lo que refuerza la idea de que las provincias no tienen competencia para legislar o regular la importación de medicamentos sin intervención del gobierno nacional.
Otro de los puntos que están analizando es lo planteado en el siguiente artículo, donde se faculta al Ministerio a retirar muestras de productos para ver si se ajustan a lo autorizado por ley y si cumplen con las condiciones necesarias. "Esto refuerza que cualquier medicamento que se importe debe estar autorizado y controlado por el gobierno nacional, invalidando la interpretación de que las provincias podrían actuar de manera autónoma", interpretan.
A su vez, mencionan que lo establecido en el artículo 19 también implicaría que "las actividades vinculadas a medicamentos deben realizarse bajo los parámetros fijados por la ley, que son nacionales y no pueden ser modificados ni gestionados a nivel provincial sin cumplir con las normas federales. Las provincias no tienen libertad para operar fuera de este marco regulatorio".
La reglamentación.
La reglamentación de la ley mencionada, en su artículo 1º, otorga al Ministerio de Salud el poder de "policía sanitaria" sobre todo lo mencionado en la normativa. Esto se ejerce en CABA, el comercio interprovincial, las operaciones de importación y exportación, y por solicitud de las Provincias dentro de sus territorios.
Esto deja "en claro" que es el Ministerio "la autoridad responsable de supervisar cualquier actividad de importación de medicamentos, independientemente de si afecta a una sola provincia. La importación y exportación de medicamentos están específicamente mencionadas, lo que confirma que ninguna provincia puede realizar estas actividades de manera autónoma sin la autorización del Ministerio".
En el caso de los Gobiernos provinciales, el Decreto reglamentario precisa que deben cooperar en la aplicación de la ley, lo que implica que "no actúan de manera independiente respecto a la aplicación de las políticas y normativas relacionadas con medicamentos".
Esto se reafirma en el artículo 2º del Decreto, donde se delega el poder de policía sanitaria al gobierno nacional. "Los gobernadores están obligados a cooperar con el Ministerio de Salud para garantizar que los medicamentos que se importen, distribuyan y comercialicen en sus provincias cumplan con los estándares nacionales de calidad y seguridad", es lo que se interpreta en este caso.
El impacto de no tener control podría ser grave. "La falta de autorización del Ministerio de Salud para actividades como la importación de medicamentos, incluso dentro de los límites de una provincia, sería un incumplimiento de los estándares nacionales y pondría en riesgo la salud pública", se advierte.
En ese sentido, remarcan que "la centralización del control sobre medicamentos se justifica por la necesidad de proteger la salud pública en todo el país. Esto es un principio que no puede ser descentralizado sin comprometer la seguridad y eficacia de los productos que circulan en el mercado".
Autorización.
El decreto reglamentario también es claro, según los análisis que realizan en Casa de Gobierno, en relación a que "todas las personas o entidades que deseen intervenir en actividades reguladas por la Ley N. 16.463, incluyendo la importación de medicamentos, deben solicitar autorización previa al Ministerio de Salud". Esto refuerza el control centralizado en el Ministerio de Salud sobre importaciones, dejando en claro que para importar se debe contar con autorización. "Este requerimiento de autorización previa es crucial para garantizar que los medicamentos que se introducen en el país cumplan con los estándares de seguridad, calidad y eficacia establecidos por las autoridades sanitarias nacionales", entienden.
Por estos motivos, entienden que en principio la decisión de Nación es contraria lo que establecido en la ley y en su reglamentación. "Permitir que las provincias actúen de manera autónoma en este ámbito no solo sería un incumplimiento legal, sino que también pondría en riesgo la seguridad sanitaria de la población al socavar los estándares nacionales de calidad y pureza", concluyen.
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