Jueves 01 de mayo 2025

Potasio: minera autoriza a divulgar datos secretos

Redacción 01/10/2023 - 10.18.hs

Minera Aguilar le envió una carta al ministro de Economía de Mendoza, Enrique Vaquié, informando que esa compañía está dispuesta a abrir la cláusula de confidencialidad firmada durante el proceso de selección para el proyecto Potasio Río Colorado.

 

La Fiscalía de Estado había cuestionado aquella cláusula en su dictamen sobre el traspaso accionario realizado por el gobierno mendocino al holding encabezado por la empresa Integra Capital, de José Luis Manzano (propietaria de Minera Aguilar).

 

Concretamente, el fiscal de Estado, Fernando Simón, advirtió que la confidencialidad colisiona con el derecho a la información pública y recomendó al Ejecutivo Provincial que explique, en el texto que enviará a la Legislatura, los alcances de ese acuerdo, destinado a mantener en secreto los detalles del proceso de selección.

 

Según el dictamen de la Fiscalía, el compromiso entre las partes para no divulgar cuestiones referidas al proceso está en tensión con el derecho a la información pública y con la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), porque el acceso a cuestiones de interés público resulta un derecho humano fundamental.

 

“Compartir el contenido”.

 

Un artículo publicado en el diario Los Andes reveló que la carta está firmada por Nicolás Mallo Huergo, titular de Minera Aguilar, quien presta su acuerdo para informar a la Legislatura y otros organismos sobre el contenido del contrato suscripto para la explotación del yacimiento de potasio en Malargüe.

 

En su misiva, Minera Aguilar “manifiesta, reconoce y acepta que la cláusula de confidencialidad no será oponible a la Provincia de Mendoza, en tanto pudiera impedir o restringir el derecho de acceso a la información pública conforme está establecido en las leyes 9003 y 9070, o implicar el incumplimiento de la normativa de rango constitucional, tanto provincial como nacional, relativa a la publicidad de los actos de gobierno y derecho de acceso a la información pública”.

 

Además, la compañía “acepta y reconoce que el Poder Ejecutivo provincial tiene el derecho de compartir el contenido del Contrato con la Legislatura provincial para la obtención de la condición establecida en la cláusula 4.1(a)1 del Contrato y con otros organismos”.

 

Mallo Huergo aclara también que “la finalidad de la confidencialidad contractual establecida en la cláusula 8.6 del Contrato, atañe a información comercial, industrial o tecnológica de las partes o de Potasio Río Colorado, cuya protección es necesaria para el desarrollo de la actividad económica en forma competitiva y eficiente”.

 

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