Prisión en suspenso para el hombre que mató a su sobrino
(General Pico) - Hugo Rubén Palacios, el trabajador rural de 42 años de edad que mató a su sobrino tras atropellarlo con una camioneta, fue condenado a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de homicidio simple cometido en estado de emoción violenta. Así lo resolvió ayer al mediodía el juez de control de General Pico, Heber Pregno, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado que fue convenido por las partes. Además, le impuso reglas de conducta por el término de dos años. En el hecho intervinieron el fiscal Juan Ignacio Pellegrino y los defensores privados, Jerónimo Altamirano y Michel Divoy.
Hace algunos días, Palacios había recuperado la libertad en el marco de una audiencia en la cual se hizo un reexamen de la medida de coerción y se presentó el acuerdo de juicio abreviado.
El hecho ocurrió entre la noche del 11 de julio pasado y la madrugada siguiente, en un predio rural ubicado a escasos kilómetros de la localidad de Hilario Lagos. El imputado estaba en el comedor y su sobrino, Ezequiel Palacios (31), estaba en otra habitación con el hijo menor de edad del acusado. En un momento dado, Hugo Palacios escuchó gritos de auxilio de su hijo, quien le manifestó que su tío había intentado abusar de él. En esas circunstancias, Ezequiel Palacios salió corriendo de la vivienda en dirección a la salida del predio, mientras que el acusado lo perseguía a bordo de una camioneta Chevrolet S10. Cuando lo alcanzó, lo atropelló y lo mató.
Homicidio.
Tras el hecho, el acusado quedó detenido con prisión preventiva. Desde un primer momento, los defensores impugnaron esta medida y tres meses más tarde, lograron que le dieran arresto domiciliario. Además, insistieron en que había actuado bajo un estado de emoción violenta, por el abuso sexual que había sufrido su hijo en manos del fallecido. En las últimas semanas lograron un acuerdo con la Fiscalía y ayer quedó consumada la condena a una pena de prisión en suspenso, por una figura mucho menos grave que la imputada en la acusación inicial.
Pregno señaló en el fallo que “no cabe ninguna duda respecto a la autoría material de Hugo Palacios en el hecho investigado, resultando a mi entender de especial atención las pericias psicológicas y psiquiátricas que se realizaron sobre el imputado que atenúan la figura principal convirtiéndola en un homicidio en estado de emoción violenta”.
También dio cuenta que Hugo Palacios “escuchó gritos de auxilio de su hijo quien se encontraba en una habitación junto a su sobrino” y al llegar a la misma el menor le comentó lo sucedido.
“Aquí entiendo se disparó la emoción violenta, bajo una situación externa, modificando el estado emocional bajo una ira, que no se pudo controlar, ante el panorama que escucha, observa y concluye acertadamente Hugo Palacios, que el mismo es de la manera que le relató el menor”, dijo.
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